lunes, 9 de marzo de 2009

«Hacemos nuestras las recomendaciones de Múgica»


MARÍA LUISA REAL DIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES
La Dirección General de Servicios Sociales es la que se ocupa de los centros que atienden a los menores en Cantabria. Aportan un total de 311 plazas. Tres ellos son de régimen cerrado. Los dos para menores con trastornos de conducta y el Centro Socioeducativo Juvenil que se ubica en Parayas y que es el dedicado a cumplir las medidas judiciales de internamiento,
-¿Qué le parece el Informe del Defensor del Pueblo que cita el centro de Pedrosa?
-Nuestro compromiso es dar una atención adecuada a los menores en riesgo de exclusión social y en ese sentido hacemos nuestras las recomendaciones del Defensor del Pueblo Enrique Múgica. Son de gran interés las que se refieren a la necesidad de potenciar y coordinar actuaciones dirigidas a que los servicios sociales de base, los educativos y los de saluid mental sean cada vez más eficaces en la intervención inicial de apoyo a las familias y a los menores así como intensificar las actuaciones dirigidas a evitar la institucionalización de estos.
-¿Cómo acceden los menores a los centros cerrados para trastornos de conducta?
-Hay dos vías de acceso. La primera, como medida de reforma y es acordada por el Juzgado de Menores que impone esta medida de contención. La segunda, como medida de protección. Es el caso en el que los padres o tutores del menor claudican en la posibilidad de establecer pautas educativas, normativas y de control. Entonces, la tutela la asume el Gobierno. Se requiere la autorización judicial para el ingreso en el centro e interviene el Ministerio Fiscal.
-¿Cómo se controla la estancia de los menores en el centro?
-Hay que rendir cuenta al Juzgado cada seis meses o en el plazo que determine la resolución judicial que acuerde el internamiento. Es habitual que se establezcan revisiones más breves del técnico de Menores que coordina cada caso. Además, el centro es visitado periódicamente por los servicios de Inspección de la Consejería de Empleo y Bienestar Social y por el Ministerio Fiscal.
-¿Se emplea la fuerza con los menores internados?
-Los únicos medios de contención mecánica son las 'esposas' reglamentarias que llevan los vigilantes de seguridad y que sólo se utilizan cuando no se encuentra otro medio de calmar al menor para que no se dañe o dañe a otros. No se aplica la contención farmacológica y sólo se da la medicación que dicten los médicos y psiquiatras.
-¿El aislamiento como castigo?
-Existe en estos centros una habitación llamada de reflexión para el cumplimiento de medidas de separación del grupo. Están allí un tiempo limitado y previa apertura de un expediente sancionador del que se da cuenta a la Fiscalía en el caso de menores que cumplan medidas judiciales y al Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia, cuando han ingresado como medida de protección. Si permanecen en la habitación todo el día, tienen dos horas para salir. Pueden leer o hacer otras actividades, siempre que no sean peligrosas.

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