lunes, 24 de agosto de 2009

Cartas al director


Confusión entre porteros y vigilantes

Referente al artículo publicado con fecha de 4-08-09 sobre la agresión de un portero de un chiringuito del Grao, solo quiero decir que los vigilantes de seguridad son profesionales regulados por la ley 23/1992 de 30 de julio de seguridad privada y por el reglamento de seguridad privada (R.D. 2364/1994 de 9 de diciembre), y que todas las personas que trabajan en empresas de seguridad deben de tener una tarjeta de identidad profesional homologada por el Ministerio del Interior.

Por lo tanto, creo que se equivocan y crean confusión al decir que el examen de aptitud para los porteros organizado por la Conselleria de Gobernación es para trabajar como vigilantes de seguridad. Probablemente tendrán otra denominación, pero no la de vigilante de seguridad.

Además, quiero indicar que en las informaciones de los medios de comunicación continuamente confunden estas dos profesiones creando confusión entre los ciudadanos, que no tienen porqué saber las atribuciones de estos dos colectivos. Finalmente, quisiera decir que ni todos los vigilantes. harán correctamente su trabajo ni todos los porteros lo tienen que hacer mal.

Respetuosamente, un vigilante de seguridad. Gracias.

Victoriano Ramón García.

DNI: 45271180.

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