viernes, 26 de junio de 2009

El bocadillo era... de vino


Quiso entrar a un partido de Osasuna con una botella de vino entre pan y pan, y le multaron. La sanción ha sido anulada por haber cadudado y porque no es lo mismo meter alcohol que intentarlo.
EL vigilante de seguridad del Reyno de Navarra debió pensar que el bocadillo que palpaba a la entrada del estadio era demasiado consistente como para ser de longaniza. Así que mandó desenvolver el papel de aluminio y, en efecto, lo que había entre pan y pan no era embutido sino una botella de plástico llena de vino. Ahí arrancó todo: el aficionado fue expulsado y meses después sancionado con 3.001 euros, ya que la presencia de alcohol en el estadio está prohibida por ley.
Sin embargo, la sanción le fue notificada fuera de plazo por lo que un juez ha anulado la multa. Y en su sentencia se plantea una duda: ¿la ley sanciona la entrada de alcohol al estadio o también el intentarlo?

Los hechos narrados en el fallo judicial se remontan a cuando Osasuna avanzaba por la UEFA, el 22 de febrero de 2007. Los rojillos jugaban en horario nocturno contra el Girondins de Burdeos y el aficionado intentó colar una botella de vino para acompañar el bocadillo del descanso, una práctica que, aunque todavía sea habitual en los palcos del estadio, es ilegal desde 1990: está prohibida "la introducción y venta de toda clase de bebidas alcohólicas" en las instalaciones donde se celebren competiciones deportivas.

Medio litro de vino

En la puerta número 14 del estadio, según el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de Pamplona, el aficionado "fue sorprendido por personal de seguridad privada cuando llevaba un trozo de pan, simulando un bocadillo, que en su interior llevaba una botella de plástico, de medio litro, con vino en su interior, estando el supuesto bocadillo envuelto en papel aluminio". El aficionado fue expulsado del estadio y se abrió un expediente sancionador por una infracción grave. La Delegación del Gobierno le sancionó con 3.001 euros y el aficionado recurrió sin suerte al Ministerio de Interior. Volvió a apelar, y ahora la justicia le ha dado la razón.

El magistrado considera veraces los hechos que se imputan; sin embargo, cree que la tipificación de la infracción "es cuando menos dudosa". A su juicio, y esto era algo que el aficionado no exponía, "plantea algunas dudas si la infracción se comete por el hecho de introducir una bebida alcohólica en un estadio de fútbol o sólo por intentarlo". A su entender, la norma aplicada castiga al que introduce alcohol, es decir, "parece estar refiriéndose a una infracción consumada".

De todos modos, el juez matiza que para el resultado final del recurso la duda es irrelevante, ya que el procedimiento sancionador había caducado. Por ley, el plazo máximo para la resolución y notificación de la sanción al interesado es de seis meses, y en este caso la resolución es de fecha 22 de agosto de 2007, "casualmente seis meses justos", y el primer intento de notificación al afectado tiene lugar el 27 de agosto, ya fuera de plazo. Además, agrega el juez, para acreditar que dentro del pan había vino se aporta un informe policial "nada menos que el 16 de septiembre". "La Administración, como ve que se le acaba el plazo, dicta la resolución sancionadora y luego aporta las pruebas. Sin comentarios", dice el juez. Por si esto no fuera suficiente, los agentes no se ratificaron hasta el 13 de diciembre.

Ante estas pruebas, la sentencia estima que el aficionado no tuvo la oportunidad de conocer las pruebas ni la ratificación antes de poder recurrir. Lo único que sí conocía es que dentro de su bocadillo sólo había una botella de vino.

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