jueves, 27 de enero de 2011

Las cámaras pasan el examen

Una cámara de vigilancia de zona peatonal en Oviedo. JOSÉ VALLINA


La Policía Local de Oviedo presentaba el año pasado el nuevo sistema de videovigilancia para controlar el tráfico en la ciudad, para vigilar el acceso de vehículos en zonas peatonal y para velar por la seguridad ciudadana en el casco antiguo de la ciudad. Un sistema que generó -y genera todavía hoy cuando se está poniendo a punto el sistema- recelos por parte de vecinos, usuarios de las vías y de algunos partidos políticos. ¿Pueden sentirse los vecinos tranquilos con este tipo de vigilancia o hay que tener recelos porque puede verse conculcado el derecho a la intimidad? Varios expertos en protección de datos han analizado para LA VOZ el sistema y han sido contundentes: el sistema es legal, verificable y el ciudadano cuenta con resortes suficientes ante posibles abusos del propio vigilante.
De este modo, el abogado experto en la Ley de Protección de Datos Ramón Robles explicaba que la videovigilancia debe de tener “una finalidad concreta; no puede ser destinada a otros usos diferentes de los que se señalan en la autorización”. Así, una cámara cuyo destino sea la captación de matrículas de vehículos, tiene que ser destinada a este fin; no obstante, señalaba el letrado, ante la comisión de un delito, la autoridad competente -como un juez- puede reclamar las imágenes captadas por cualquier sistema de videovigilancia, ya sea público o privado, independientemente de la utilidad que conste en su permiso.
En este caso, para la colocación de siete cámaras de vigilancia en el casco antiguo de Oviedo hay una autorización que firma el delegado del Gobierno en Asturias, Antonio Trevín, quien indica que el permiso es concedido al ayuntamiento “con fines de seguridad pública”. “Si algún día aparece una secuencia de imágenes con cuestiones que nada tienen que ver con seguridad, se podría reclamar amparo legal”, señaló Robles. Otra cuestión importante es que la zona vigilada “tiene que estar perfectamente señalizada, el usuario tiene que saber que tiene una serie de derechos”.
El experto y abogado Juan Manuel Rebaque entiende que los afectados por este sistema “puedan estar recelosos; no debe de ser cómodo para un vecino saber que cada vez que sale de casa o entra te están gravando”. No obstante, el letrado señala que la Ley contempla una serie de garantías en este aspecto. Una de ellas en el tiempo de almacenado de las imágenes captadas por el sistema. “A los 30 días deben de ser destruidas salvo que estén en uso en una investigación judicial”, informaba el abogado. Asimismo, Rebaque apunta a que todo ciudadano tiene derecho al acceso y rectificación de la información recogida por las cámaras. Señala, además, que el permiso de la Delegación del Gobierno debe de tener en cuenta una autorización previa de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia del Principado, como así consta. Ese comité está presidido por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, “con lo que se garantiza un estudio judicial”.
Idoneidad y proporción Otra prueba que debe superar el sistema, continúa Rebaque, es que éste debe de cumplir con los preceptos de idoneidad y de intervención mínima. Es una cuestión que también consta en el citado informe: “Los medios técnicos a emplear para la consecución de los riesgos para las personas y los bienes son idóneos y proporcionados”.
El experto Martín López explicaba, por su parte, que el ayuntamiento tiene la obligación de registrar en la Agencia de Protección de Datos las imágenes que se van a captar con el sistema, ya sea a personas -como en el circuito del casco antiguo- o a matrículas de coches (en las entradas a las zonas peatonales). “A partir de este momento -informa el abogado- hay que tener especial cuidado en controlar quién tiene acceso a estas imágenes; deben de ser agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado o, en este caso, de la Policía Local. Se debe de saber también si será una empresa privada la que gestione el dispositivo para controlar el uso y destino de los datos recogidos”. En definitiva, el sistema pasa el examen, pero el teórico, a la espera del práctico.

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