martes, 3 de febrero de 2009

UGT defiende la aplicación de las revisiones salariales pactadas en los convenios colectivos


Nuestra organización considera inconcebible que algunas empresas quieran renegociar las condiciones salariales utilizando como justificación que el IPC quedó por debajo del 2% el año pasado Ante las reticencias de algunas empresas de aplicar el incremento salarial pactado en los convenios colectivos e intentar renegociar las condiciones salariales, utilizando como justificación que el IPC se ha situado en el 1,6% el 2008, nos hemos de manifestar contrariamente por las conductas que algunos empresarios están utilizando. La UGT de Catalunya ha trasladado a las personas que negocian los convenios colectivos que se aplique la revisión salarial pactada, ya que no es concebible que algunas empresas quieran renegociar los salarios. Cabe recordar que la previsión de inflación para el año 2008-al igual que la de este año-se situó en el 2%. Dato oficial que se extrae en diversas normas de aplicación en todo el Estado: El objetivo oficial de inflación, incremento interanual de precios, competencia del Banco Central Europeo (artículo 105.1 del Tratado de la UE), sigue siendo el 2%, como confirmó el presidente del BCE el pasado 15 de enero en ocasión de la presentación oficial de la reducción de tipos de interés. En el Proyecto de Presupuestos de la Seguridad Social para el ejercicio 2009 del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el Informe económico-financiero, volumen V, tomo 1, página 140: "(...) En el presente ejercicio s ha considerado una subida uniforme para las pensiones del Sistema, basada en una previsión del IPC del 2 %(....)". En el Real Decreto Legislativo 1 / 1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el Artículo 48 .- Revalorización, indica que "Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán revalorizada al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo previsto para este año ". Y el real decreto de pensiones para este año (artículo 3 º) establece una revalorización del 2%. Estos datos son argumento suficiente para reclamar que la revisión salarial se sitúe en el 2% (independientemente de que el IPC se haya situado por debajo del año 2008), siempre y cuando la cláusula de incremento y / o revisión salarial esté ligada al IPC previsto por el Gobierno. La UGT de Catalunya no permitirá que las empresas actúen de forma desleal e injusta y, en aquellos casos que se presenten, la organización actuará contundentemente y utilizará las vías previstas legalmente para reclamar los derechos salariales de las personas trabajadoras que puedan estar afectadas.

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