sábado, 24 de octubre de 2009

'Desnudos' en el aeropuerto


Desde que en 2001 tres terroristas islamistas atentaran contra las Torres Gemelas y el Pentágono en Estados Unidos, coger un avión se ha convertido en toda una odisea pero, ¿dónde está el límite entre la seguridad y la vulneración de los derechos civiles?
Cualquier persona que haya viajado en avión en los últimos años sabe de los extensos chequeos a los que son sometidos los pasajeros antes de pasar a la zona de embarque. Olvídese de llevar consigo su botella de agua o su maquillaje, abra su ordenador y quítese los zapatos… ¿son legales estas medidas o suponen un abuso de autoridad?

La medida del aeropuerto de Manchester de instalar unos escáneres que permiten ver los cuerpos desnudos de los pasajeros ha reavivado la polémica a pocos meses de que se cumpla el plazo previsto inicialmente para revisar las medidas de seguridad en los aeropuertos.

Asociaciones de defensa de los derechos civiles en Reino Unido denuncian que esta nueva herramienta (que se probó con anterioridad en aeropuertos de Londres y Estados Unidos, y que fue rechazado por el Parlamento Europeo) puede vulnerar los derechos de la persona y que, en ningún caso, podría ser utilizado en niños.

Pese a que la medida se está empleando a modo de prueba y voluntaria, el hecho ha provocado una oleada de críticas y ha despertado numerosas suspicacias.

Sus defensores aseguran que este tipo de escaner incrementa la seguridad y, además, reduce las molestas esperas de los pasajeros en la cola del arco de seguridad, ya que éstos no se ven obligados a despojarse de sus prendas. Además, afirman que no supone ningún riesgo para la salud ya que "la radiación que emiten es mínima", según afirmaba la directora de atención al viajero del aeropuerto inglés, Sara Barrett, en declaraciones a la BBC.

Sin embargo, los miedos de muchos pasajeros ya se han hecho escuchar y piden una mayor información sobre el tratamiento de las imágenes captadas y sobre las personas que estarán detrás de las pantallas.

"Quítese los zapatos, por favor"

La imagen de una persona descalza cruzando el arco de detección de metales en un aeropuerto se ha convertido en habitual en los últimos años, sin embargo, sólo en el caso de que los zapatos lleven algún elemento metálico que pite al pasar es obligatorio que el pasajero se los quite.

Esta ha sido la lucha durante varios años del eurodiputado de Convergència i Unió, Ignasi Guardans, quien en enero de 2008 denunció el abuso de autoridad de los empleados de seguridad del aeropuerto de El Prat (Barcelona) al obligar a todos los pasajeros a descalzarse.

"Sólo lo que está regulado legalmente y publicado como tal podrá aplicarse a los controles aeroportuarios", se expresaba Guardans en su día, y así lo reconoció posteriormente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia de marzo de 2009.

Según esta resolución, sólo deberán descalzarse obligatoriamente aquellos pasajeros que tomen su vuelo en aeropuertos del Reino Unido, el resto podrá mantener su calzado siempre que éste no pite al pasar por el arco de seguridad.

En el caso de que esto no se cumpla, los ciudadanos tienen derecho a solicitar que el vigilante de seguridad se identifique e interponer la denuncia correspondiente.

"Esta botella no puede pasarla, debe dejarla aquí"

Pese a que las medidas "extraordinarias" de seguridad que limitan el acceso de líquidos y otros objetos a los aviones está vigente desde 2002, no fue hasta 2008 cuando la Unión Europea se vio obligada a publicar la lista de objetos prohibidos.

Esta situación de vacío legal provocó miles de inconvenientes a los usuarios y casos como el de Gottfried Heinrich, un ciudadano austríaco que fue desalojado de un avión en el 2005 por subir a la cabina con raquetas de tenis, objetos prohibidos por el reglamento europeo 622/2003 y recogidos en un anexo que, en concreto, en ese momento no había sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La incertidumbre sobre los objetos que se pueden llevar en el equipaje de mano se extiendió en 2006 también a los envases que contenian algún tipo de gel o líquido, elemento que pensaban utilizar los extremistas islamistas para pasar explosivos con los que atentar en un varios vuelos transatlánticos.

Pese a que las dudas se han reducido con la publicación de la lista, lo cierto es que la aplicación subjetiva de algunos criterios como que "se trate de un medicamento o de una necesidad dietética especial" o que sean "alimentos infantiles", sigue provocando numerosos quebraderos de cabeza a los pasajeros.

Sólo la medicina tradicional está reconocida en esta excepción, y no se reconocen cremas solares (aunque se deba utilizarlas por motivos de salud), por lo que si desea viajar con frascos mayores a los permitidos deberá facturarlos o hacerse con algún justificante médico que acredite su necesidad.

Para evitar mayores problemas y que se les amargue el inicio del viaje, las asociaciones de consumidores y usuarios recomiendan ponerse en contacto con la aerolínea para confirmar que no hay ningún problema para viajar con el objeto de clasificación dudosa.

No hay comentarios: