El Servicio Canario de Empleo gastó hace dos años 120.000 euros en un curso de 340 horas para formar a 60 vigilantes nocturnos serenos para trabajar en La Palma, pero, según dice un informe de la Jefatura de la Policía llanense, esta figura es ilegal. Los miembros de la asociación no podrán vigilar calles en Los Llanos.
La recién creada Asociación de Vigilantes Nocturnos Serenos de La Palma, con 60 componentes que participaron en un curso de formación profesional ocupacional (340 horas) subvencionado por el Gobierno de Canarias con un coste de más de 120.000 euros, no podrá ejercer su función en Los Llanos de Aridane al ser considerada una actividad ilegal por parte de la Policía Local.
Esa ha sido la respuesta obtenida en un informe elaborado por la Jefatura de la Policía ante una solicitud de información que la asociación presentó en el Ayuntamiento de Los Llanos, ante la negativa a otorgar servicios públicos a este colectivo, tal y como informó EL DÍA el pasado 29 de agosto ("Serenos sin noches"). La conclusión del informe fechado el 30 de septiembre es contundente: la actividad es ilegal y "no tiene cabida en un municipio en donde existe un cuerpo de Policial Local debidamente constituido".
Según se interpreta de las conclusiones de la Jefatura de la Policía Local llanense, la actividad y la prestación de servicios vinculados a estos serenos que fueron promovidos por el Ejecutivo canario sería irregular pese a que, en su momento, fueron configurados y autorizados para el ejercicio de esta función con el aval de la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias, mediante cursos financiados con dinero público. Incluso, pese a que estas personas estén inscritas en las oficinas del Servicio Canario de Empleo como demandantes de un puesto de trabajo con la categoría de vigilantes nocturnos serenos, una figura reconocida como tal por la propia Administración que los formó.
Desde la Policía se niega la posibilidad de realizar tal prestación y los servicios vinculados a la vigilancia nocturna en la vía pública, por varios motivos, principalmente por el hecho de que la legislación estipula que el personal que realice esa labor debería ostentar la condición de funcionario municipal, en servicios especiales, con plazas creadas por el ayuntamiento.
En cualquier caso, añaden, "depende siempre de la autoridad local, representada por la Alcaldía, el desarrollo de la actividad, ya que son los ayuntamientos los que, con carácter voluntario pueden crear el servicio, mediante gestión directa municipal, por implicar ejercicio de autoridad. Al respecto, en caso de ser prestado por personal auxiliar de la Policía, sus funciones consistirán básicamente en asistencia al vecindario y colaboración con las fuerzas de seguridad en prevención de comisión de delitos y mantenimiento del orden publico".
Además, recuerda que las funciones que se pretenden desarrollar por parte del colectivo demandante "tampoco tienen cabida en el marco regulador de la seguridad privada".
Los serenos no podrán, en ningún caso, salvo que sean funcionarios, prestar servicio en una vía pública del municipio portando elementos de defensa propios de la seguridad, tales como defensas, grilletes y otros, pudiendo ser denunciados tanto por la propia Policía Local como por la Guardia Civil.
Todo ello, advierte la Jefatura de la Policía, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que pueda corresponderles por la comisión de presuntos delitos y faltas que se produzcan durante el ejercicio de la actividad de vigilante nocturno sereno.
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