martes, 28 de abril de 2009

Un juez inhabilita a dos porteros de discoteca condenados por lesiones


El magistrado de lo Penal 1 prohíbe a los autores de un delito de lesiones ejercer como vigilantes o controladores de seguridad en locales de ocio

PABLO MARISCAL Las agresiones de los porteros de discoteca suelen quedar impunes por la ausencia de denuncias de las víctimas. Las condenas que se dictan en contra obligan, habitualmente, al pago de una indemnización de poco más de dos mil euros por las lesiones sufridas que es asumida sin mayor problema por el penado o los dueños del local. Lo realmente inédito es que la pena vaya más allá de la mera sanción económica o el año de prisión por el delito de lesiones.

El juez de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, ha dictado dos sentencias que se salen de lo que hasta ahora era habitual. Dos porteros de discoteca han sido condenados por un delito de lesiones e inhabilitados para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con las tareas de seguridad en las puertas de una discoteca, pub o local del tipo que sea. Se trata de las primeras prohibiciones para ejercer de portero que se dictan en la provincia a raíz de la comisión de un delito de lesiones, aunque una de ellas ha sido revocada por la Audiencia Provincial.

Casos distintos. Los porteros condenados por el juez Manuel Piñar trabajan en las discotecas Kapital de la plaza de Gracia y Mae West de Neptuno. Aunque los hechos son diferentes, ambas penas impiden a estos trabajadores ejercer en los puestos desde los que agredieron a los clientes. El incidente de la discoteca Kapital se produjo el 21 de octubre de 2007, cuando varios policías locales de Huelva que se encontraban fuera de servicio fueron expulsados de la discoteca por causas que no se han acreditado en la sentencia.

El fallo sí considera probado que A.N.T., natural de Bulgaria, cogió por la cabeza a J.A.D.L. "para que le golpease con un vaso en la cabeza otra persona que también prestaba labores de vigilancia en el citado local". La agresión finalizó cuando la víctima "estaba en el suelo", momento en el que A.N.T. "le propinó una patada en la cabeza". La víctima, según quedó acreditado en la sentencia, sufrió una herida inciso contusa en la cabeza que requirió asistencia médica, tal y como consta en el parte de lesiones. J.A.D.L. tardó en curar 15 días y le quedó una cicatriz en la cabeza de por vida.

El acusado negó en el juicio la agresión, aunque reconoció que vio a "otra persona" golpear al joven con un vaso en la cabeza. El herido relató en el juicio que acudió a la puerta de la discoteca Kapital al ver que dos amigos suyos -también policías- estaban siendo agredidos por los porteros y que al meterse él le golpearon. "El acusado, lejos de socorrerme, me dio una patada en la cabeza", especificó.

El juez vio elementos suficientes para condenar a A.N.T. por un delito de lesiones a la pena de un año de prisión. También le aplicó la inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con la seguridad o el control de accesos a discotecas, pubs o bares durante dos años y al pago de 1.149 euros de multa a la víctima de las lesiones.

El portero condenado recurrió y la Audiencia Provincial le ha dado la razón porque considera que la víctima de la agresión (un botellazo en la cabeza y patadas en la misma zona) no ha acreditado las lesiones, pese a la existencia de un parte médico que sí lo confirmaba. La Audiencia condena a A.N.T. por una falta de lesiones y le permite seguir trabajando como portero en la discoteca.

El 27 de marzo fue condenado otro portero, en este caso de la discoteca Mae West. El juez de lo Penal 1 considera probado que I.H.K., natural de Rumanía, discutió con dos jóvenes a los que impidió el acceso a la discoteca. Durante la reyerta golpeó a H.H. en repetidas ocasiones hasta ocasionarle "policontusiones y rotura de la falange" que lo tuvieron 30 días en tratamiento. El magistrado recuerda que la empresa que gestiona la discoteca aseguró que I.H.K. no era vigilante pero que los testimonios y las pruebas recabadas en el juicio confirman todo lo contrario.

Por eso lo condena a un año de prisión por un delito de lesiones y lo inhabilita para ejercer funciones de vigilante en cualquier local de acceso público durante la duración de la condena. También le impone una indemnización de 1.800 euros a la víctima y al pago de las costas.
Las leyes facultan al juez para acompañar las penas con las medidas que entienda oportunas para evitar que se vuelva a cometer el delito. En este caso, alejar a los porteros condenados de las discotecas parece ser, además de un castigo, una garantía para los propios clientes.

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