Murcia, 23 sep (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que presentó el vigilante de un centro de ocio que fue condenado por un Juzgado de Instrucción a la pena de cincuenta días de multa, con una cuota diaria de seis euros, por agredir a un joven que había tirado un petardo.
El tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ratifica los hechos que el juez de Instrucción declaró probados, según los cuales la agresión se produjo el 1 de enero de 2006, a primeras horas de la mañana, cuando un joven tiró el petardo.
En ese momento, el acusado, junto con otras personas, inmovilizaron al joven para evitar que se marchara y que fue agredido por una persona no identificada.
La víctima sufrió fractura de los huesos de la nariz y policontusiones, que tardaron más de ochenta días en curar.
La Audiencia confirma la condena del Juzgado de Instrucción, que incluye una indemnización para el perjudicado de 3.700 euros y considera que el acusado, al contribuir a la inmovilización del afectado, fue cooperador necesario en la agresión sufrida por éste.EFE 1010611
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