Madrid.- El Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente el texto de la reforma laboral dos meses después de que se iniciara su tramitación. El abaratamiento del despido, mediante la generalización del contrato con indemnización de 33 días o la posibilidad de despedir con 20 díascuando una empresa tenga pérdidas, y el mayor control sobre los trabajadores y desempleados son dos de las medidas más relevantes.
En el Congreso, los socialistas consiguieron tumbar todas las enmiendas presentadas por los grupos políticos en el Senado, salvo las propias y una del BNG referida a las prestaciones de los contratos parciales, por la que los trabajadores podrán cobrar por horas y no por días.
Estas son las principales medidas incluidas en la norma tras su paso por el Congreso y el Senado:
-Despido por causas económicas. El texto incluye que las empresas puedan despedir a los trabajadores por causas económicas con 20 días de indemnización, no sólo cuando tengan pérdidas, sino también cuando prevean tenerlas, o tengan una persistente caída de ingresos. Es decir se amplian las causas de despido
-Generalización del contrato de fomento del empleo. La reforma quiere extender este tipo de contrato que ahora incluirá también los trabajadores fijos de entre 31 a 45 años que hayan sido despedidos. Este contrato tiene una indemnización de 33 días por año trabajado frente a los 45 de los contratos fijos corrientes, con lo que su generalización supone un abaratamiento del despido.
Se abarata un 33% el despido y se extiende este abaratamiento a todos los trabajadores......
-Mayor control a los desempleados. Los parados podrán ser sancionados si rechazan cursos de formación en un plazo superior a 30 días. Hasta ahora el límite estaba en 100 días.
Hombre claro, mientras estas haciendo un cursillo no figuras en las estadísticas como un parado.......
-Absentismo. Se facilita el despido por faltas al trabajo ya que se rebaja al 2,5% el índice de absentismo total que puede tener una empresa y que marca el despido objetivo individual. Hasta ahora estaba fijado en el 5%.
Esto quiere decir que si nos ponemos muchos enfermos la empresa puede decir... tú, tú y tú tambien a la p.. ta calle!!!
-Fogasa. La reforma también incluye que el Fondo de Garantía Salarial, que se nutre de las cotizaciones empresariales, pague 8 días de las indemnizaciones de despido por causas objetivas, tanto en los contratos ordinarios (de 45 días), como de fomento del empleo (33 días), así como el mismo abono para los despidos colectivos objetivos (de 20 días). Es otra de las vías para abaratar el despido.
Para contentar a los empresarios les intenta vender la moto, ya que fogasa también la pagan ellos.
-Contratación temporal. Con respecto a la contratación temporal, y para desincentivar este tipo de contratos, se aumentan las indemnizaciones por despido en estas contrataciones, actualmente en ocho días por año trabajado, hasta los 12 a partir de 2015.
Chapuza, en Alemania incluso cobra más un empleado temporal que uno fijo, es de entender, le está ayudando a la empresa a salir de una pico o punta de producción, que es para lo que se les contrata, no como aquí que se permite la contratación temporal generalizada con el consentimiento de sindicatos
-Modelo alemán. La nueva reforma pretende asimismo potenciar la reducción de jornada como alternativa al despido, esto es, la aplicación del denominado "modelo alemán", aunque las empresas que decidan aplicar estas suspensiones temporales (por causas económicas o de fuerza mayor) no podrán hacerlo en tiempo superior a un año.
Chapuza, modelo aleman??? NO! modelo ZP
-Cobro de prestaciones. Para aquellos trabajadores que pueden cobrar parte de su salario en especie, como ocurre con las empleadas del hogar, se establece la garantía del cobro del salario mínimo interprofesional fijada en 633 euros para 2010. También las prestaciones por desempleo parcial puedan ser cobradas por horas y no por días.
-Negociación colectiva. La reforma consolida la vía del "descuelgue", o posibilidad de que las empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios colectivos. No obstante, la movilidad geográfica de los trabajadores deberá seguir siendo negociada entre trabajadores y empresarios como hasta ahora.
Es decir... legalizan lo que hacen ahora muchas empresas..... esto y esto aunque esté en el convenio....... paso!
-Empresas de trabajo temporal. La nueva ley también modifica el papel de las empresas de trabajo temporal (ETT), y considera intermediación laboral la que tenga consideración de "servicio de carácter público" con independencia del agente que la realice
Chapuza
-Bonificaciones a empresas. Respecto a las bonificaciones a las empresas aumentan hasta 1.400 euros durante 3 años si contratan de forma indefinida, especialmente a mujeres, a mayores de 45 años o a colectivos con dificultades de empleabilidad.
Totalmente insuficiente.....
-Fondo de capitalización. Sobre el Fondo de Capitalización para los trabajadores, que imita el modelo austríaco y que debe servir para abonar una parte de los despidos durante su vida laboral, el Gobierno se ha comprometido a tramitarlo como un proyecto de Ley en el plazo máximo de un año a contar desde el pasado junio. Este fondo deberá estar operativo el 1 de enero de 2012 y la voluntad del Ejecutivo es que no suponga un incremento de las cotizaciones empresariales.
Algo que podrían hacer bien, lo dejan a nivel de chapuza, a medias y si no paga este fondo los empresarios, recordemos que es nuestra indemnización por despido, ¿Quién la va a pagar? ¿El Gobierno? ¿Con nuestros impuestos? ¿Acabaremos pagando nuestra propia indemnización de despido?
A mi entender una reforma que facilita el despido y su coste y no estimula la contratación ni fija, ni temporal ni de grupos desfavorecidos como discapacitados por ejemplo.
salu2 a to2
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