LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA CONCLUYE QUE EL ARTÍCULO 14 DEL
CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA 2005-
2008 ESTÁ FUERA DEL ÁMBITO DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
Con fecha 3 de marzo de 2011, la Subdirección de Servicios. Dirección de Investigación
de la Comisión Nacional de la Competencia, nos ha remitido un Pliego de Concreción
de Hechos, relativo al expediente abierto, tras la denuncia de una empresa del Sector
por considerar que este artículo contravenía la LDC, por supuestas prácticas
restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de
julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
Considera este Organismo que el citado artículo 14 del Convenio vigente en 2005-2008
queda fuera del ámbito de la citada Ley. Abre un plazo de 15 días hábiles para que las
partes afectadas puedan aducir alegaciones y proponer la práctica de pruebas que
consideren oportunas para la defensa de sus intereses ante la Dirección de
Investigación y transcurrido este plazo, se procederá al cierre de la fase de instrucción
y a la redacción de la propuesta de resolución prevista en la LDC.
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