jueves, 15 de enero de 2009

El TS revisa hoy la sentencia que absolvió una grapo al poner pegas al reconocimiento fotográfico por testigos

EuropaPress, jueves, 15 de enero de 2009 (7:17)
MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisará hoy los recursos presentados contra una sentencia dictada por la Audiencia Nacional el pasado mes de febrero en la que se absolvió a la miembro de los GRAPO Gema Rodríguez del asalto a un furgón de Prosegur perpetrado en Madrid en 2000, al considerarse insuficientes las pruebas presentadas contra ella, consistentes en reconocimientos fotográficos por parte de varios testigos. Su compañero de acción, el histórico 'grapo' Israel Torralba Blanco, fue encontrado culpable y condenado a 7 años cárcel.
El alto tribunal deliberará sobre este asunto a puerta cerrada, y el ponente de la sentencia será el magistrado Manuel Marchena, según detallaron fuentes de este órgano.
La sentencia argumentó respecto a la absolución de Gema Rodríguez que el reconocimiento por foto "es problemático" ya que, "según la psicología, la memoria consiste en un conjunto de procesos de reconstrucción, en los que el testigo no registra de manera mecánica hechos y datos que después repite, sino que los elabora e interpreta de un modo activo integrándoles en y desde sus conocimientos".
"Nuestra memoria está sujeta a equivocación", insistió la Sala presidida por la magistrada Angela Murillo, y que matizó además que "numerosas investigaciones ponen de manifiesto que los testigos visuales son imprecisos". Asimismo, explicaba que "al reconstruir incorporamos datos alteramos los percibidos y los reelaboramos".
Los testigos, según los agentes que acudieron al lugar en el que se produjo el atraco a los vigilantes de Prosegur, describieron a la terrorista como "una mujer de 30 años, pelo corto liso con puntas estiradas y moreno, 165 centímetros y ojos oscuros".
En concreto, uno de los vigilantes agredidos en su declaración policial señaló además que "la tez era blanca y la cara redonda". "La acusada puede responder a esa somera descripción excepto que su rostro no es redondo sino ovalado", apostillaba la sentencia.
"La identificación mediante la exhibición de fotografías es un mecanismo de indagación que no se encuentra recogidos en nuestra ley de enjuiciamiento. No obstante, la jurisprudencia le ha dado carta de naturaleza como medio de investigación, de carácter instrumental y accesorio, cuando resulte necesario para desarrollar una determinada pesquisa", añadía la Sala.
CONDENA A TORRALBA.
En cambio en lo que a Israel Torralba se refiere, la Sala le condenó en función de las propias declaraciones autoinculpatorios del acusado, quien, una vez detenido, reconoció ante el juez de Instrucción haber participado en el atraco a los vigilantes de Prosegur.
La sentencia además imponía a este terrorista el pago de 23.870 euros --la misma cantidad sustraída a los vigilantes-- en concepto de indemnización. La pena impuesta por la Sala fue considerablemente menor que la solicitada por el Fiscal de la Audiencia Nacional, Luis Barroso, quien durante la celebración del juicio el pasado día 14 elevó a definitiva su petición de 11 años y medio para cada uno de los dos acusados.
Los hechos, que tuvieron lugar en Madrid, se remontan a julio de 2000, cuando, según el fiscal, los dos acusados esperaron a que los dos vigilantes de seguridad saliesen del supermercado. En ese momento, se abalanzaron sobre ellos, tanto Torralba como Rodríguez así como otro hombre y otra mujer que no han sido identificados.
En el forcejeo, los terroristas les arrebataron las pistolas que portaban los vigilantes y les encañonaron con otras dos pistolas que portaban los terroristas. Posteriormente, les robaron las sacas con el dinero y huyeron del lugar a pie por la boca de metro de la madrileña plaza de Cuatro Caminos.
http://www.hispanidad.com/noticia.aspx?ID=102965

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