martes, 8 de noviembre de 2011

La videovigilancia irrumpe en los conflictos vecinales



Unas cámaras de vigilancia estratégicamente instaladas en los espejos retrovisores de un coche la sorprendieron in fraganti. Una joven se sentó ayer en el banquillo del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo acusada de rayar el vehículo de una vecina de su edificio con plaza de garaje contigua a la suya. La principal prueba de cargo contra la mujer es la grabación aportada por la dueña del turismo, quien ante los continuos daños en su Renault Clio contrató a una empresa de seguridad para instalar un equipo de videovigilancia y descubrir así al autor de los destrozos.
En Vigo hay antecedentes de juicios por hechos similares en los que también fueron los afectados quienes decidieron aportar grabaciones cuyas imágenes desvelaron al culpable. En el caso de ayer, la acusada es vecina de la dueña del coche. Esta última explicó que era su hija la que usaba el turismo y que instalaron las cámaras ya que “durante años” aparecían periódicamente “golpes y rayazos” en el vehículo. “No sabíamos quién podía ser el autor”, declaró.
El sistema de videovigilancia costó 1.200 euros. Una empresa colocó dos cámaras en los espejos retrovisores que permitían grabar los laterales del vehículo cuando estaba estacionado. El 15 de febrero de 2010 una grabación desveló el misterio: en la misma se veía como una joven daba vueltas agachada y rayaba el turismo con una llave. “En el caso del portón derecho, [a la acusada] solo le faltaba saludar a la cámara”, afirmó la fiscal, que atribuye a la imputada un delito de daños y, además de multa, pide que indemnice a la perjudicada con 2.500 euros.
La acusada solo admite ser la autora de los daños que se ven en el vídeo –no los de anteriores ocasiones–. Afirmó que actuó así porque estaba cansada de que le rayaran a ella su vehículo. Su abogado pidió la nulidad del proceso al estimar que la grabación no es válida por atentar contra un derecho fundamental: la intimidad. Alega también eximente de trastorno mental transitorio y atenuantes de arrebato u obcecación. Y dice que los daños que se aprecian en el vídeo no superan los 400 euros, por lo que sería falta y no delito. Fuente: belt.es

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