miércoles, 18 de mayo de 2011

Condenado a diecisiete años el vigilante que mató de un disparo a "Luisito"

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 17 años de prisión al vigilante de seguridad José Luis T.C, a quien un jurado popular declaró el pasado mes de abril culpable del asesinato del joven dominicano Luis Carlos Polanco Peralta, conocido como "Luisito", en el barrio de Tetuán en 2009.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, condena también al vigilante a pagar una indemnización de 190.000 euros a la hija del fallecido, 25.000 a cada uno de sus padres, 50.000 euros a la esposa legal de la víctima y esa misma cantidad para su pareja sentimental y madre de su hija.
La Audiencia declara probado que el 20 de marzo de 2009 José Luis T.C disparó con una pistola semiautomática a la cabeza de Luis Carlos Polanco, con propósito de matarle, y lo hizo "de modo sorpresivo y completamente inesperado para la víctima", sin darle ninguna posibilidad de defenderse.
"Resulta claro que el acusado al disparar una pistola a corta distancia hacia la cabeza de Luis Carlos Polanco Peralta realizó una acción singularmente idónea para producir el fatal resultado que efectivamente sobrevino", añade, tras lo que considera "indudable" que José Luis T.C actuó con intención de acabar con la vida de "Luisito" y que ese ataque mortal fue "inopinado" e "imprevisto".
Así lo evidencian, según la sección cuarta de la Audiencia Provincial, la escasa distancia a la que se produjo el disparo, la zona a la que el condenado apuntó y disparó e incluso el hecho de que éste no sea un inexperto en el manejo de armas de fuego, ya que tiene el título de vigilante de seguridad y escolta privado y además una licencia de armas de concurso olímpico.
El tribunal, al igual que consideró el jurado popular que declaró culpable de asesinato al José Luis T.C, estima no obstante que el acusado actuó con su capacidad de comprender la ilicitud de los hechos "levemente disminuida" debido al trastorno de personalidad (esquizoide-paranoide) que sufre.
Aunque no se trata de una disminución "severa" de su conciencia de la realidad, el tribunal aprecia la atenuante de alteración psíquica leve por esa incapacidad de comprender la ilicitud de su conducta.
Sin embargo, el jurado rechazó la atenuante de arrepentimiento pese a que en la última sesión del juicio José Luis T.C declaró que se arrepentía del crimen y que no quería ser un peligro para la sociedad.
El tribunal ha impuesto al acusado la pena de 17 años de prisión que había solicitado la Fiscalía y ha rechazado la petición de la acusación particular de inhabilitarle para el ejercicio de la profesión de vigilante de seguridad, ya que no existe relación directa entre su profesión y el delito cometido.
Tampoco considera procedente la privación del derecho a la tenencia de armas, debido a que el Código Penal no contempla para estos casos dicha pena.

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