viernes, 5 de septiembre de 2008

El control de la videovigilancia privada es difícil porque no está regulada por ley

¿Qué puede hacer una persona que vive en una gran ciudad para esquivar los ojos que todo lo ven? La proliferación de cámaras de videovigilancia, principalmente en el ámbito privado, han convertido las calles, negocios, medios de transporte, instituciones, locales públicos y lugares de ocio en un gran plató donde todo queda grabado. Evitar ser "cazado" por esos objetivos resulta prácticamente imposible y la batalla podría decirse que está perdida, pues ninguna ley regula el funcionamiento de esas cámaras particulares.
Seguridad. La seguridad es la principal razón de existir de las cámaras de videovigilancia. El uso de estos dispositivos por las fuerzas de seguridad está regulado por ley. Carlos Enrique Serra, profesor de Derecho de la Universidad de Córdoba y autor del libro Derecho a la intimidad y videovigilancia policial,defiende instalar cámaras en las calles o locales públicos "siempre y cuando se justifique que no hay otros medios de vigilancia y se garantice un uso correcto de las imágenes grabadas".
Intimidad. Tanto el Tribunal Constitucional, como el Supremo han fallado que el ciudadano tiene también derecho a la intimidad en la vía pública. Y eso puede quedar vulnerado cuando una cámara instalada en el ámbito privado y sin ningún tipo de control capta los movimientos de una persona que no ha hecho nada para merecer esa atención.
Sin ley. El problema, apunta Carlos Serra, es que no hay ninguna ley que regule el uso de estas cámaras en el ámbito particular. "Es un tema que está pendiente de resolución desde 1997, cuando se fijaron las normas para el uso de la videovigilancia policial". Pero nadie ha movido ficha y cualquiera puede instalar ahora una cámara en su negocio o en la puerta de un garaje sin que se controle el uso que puede darse a las imágenes grabadas.
Protección. Lo único que ampara a ese ciudadano, que es grabado sin su consentimiento y sin ser informado de la existencia de esa cámara, es una instrucción de la Agencia de Protección de Datos - añade Serra- que castiga la difusión de imágenes sin el consentimiento de la persona afectada, por considerar que se trata de datos personales. Es la única protección con la que cuenta el ciudadano.
Advertencia. El vacío legal con la instalación de cámaras de videovigilancia particular choca con el estricto control exigido en el ámbito policial. El uso de estos dispositivos debe de justificarse y no se autoriza si esa vigilancia que se busca con la cámara puede hacerse por otros medios. Y hay un requisito ineludible: la presencia de la cámara debe de anunciarse con carteles. "Esto no ocurre con las cámaras instaladas por particulares", revela Carlos Serra. El incumplimiento de esa norma basta para pedir la retirada de la cámara.
Imágenes. La imágenes captadas a través de esas cámaras deben de ser destruidas en un plazo no superior al mes. Esto se hace en los sistemas de vigilancias policiales, pero nadie controla si esta norma se cumple en el ámbito privado.
Desconocimiento. Carlos Serra, que también es inspector de policía, afirma que muchos ciudadanos aún no son conscientes de la gran cantidad de cámaras que graban sus movimientos en una jornada normal. Un derecho que ampara a todos es el de pedir que se borre su imagen si detecta que ha sido grabada o exigir qué se hará con la cinta.

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