domingo, 22 de mayo de 2016

APUNTE LABORAL: EL Permiso de lactancia puede ser disfrutado por el padre, aunque la madre no trabaje.



El permiso de lactancia se regula en el Art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores y establece que hasta que el hijo o hija cumpla los 9 meses de edad, se tiene derecho a ausentarse durante 1 hora diaria del trabajo sin pérdida del salario. Esta hora se puede dividir en dos fracciones de dos medias horas, o bien puede optarse por reducir la jornada 30 minutos, al principio o al final de la jornada diaria.
Este permiso originariamente, tenía la finalidad de permitir que la madre, pudiera amamantar a su hijo o hija, sin embargo, con el tiempo y los avances en la negociación colectiva, se ha desvinculado ya totalmente del hecho biológico de amamantar y actualmente se considera como un tiempo de cuidados a favor del hijo o hija. Como una medida conciliadora de la vida familiar y laboral.
De este derecho, el de la lactancia son titulares en igual medida el padre o la madre, aunque en la actualidad, será más correcto decir, de ambos progenitores, ya que también pueden ser, dos madres, o dos padres.
Existía una limitación y era que, si la madre no trabaja, el otro progenitor no tendría derecho a disfrutar de este permiso de lactancia, ya que se presumiría que el cuidado del menor está garantizado.
Sin embargo, esto cambio. En febrero de 2013, una resolución de Hacienda y Administraciones Públicas estableció que los funcionarios podían disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabajase. Este derecho se hizo extensivo despues a la Guardia Civil.
Posteriormente en julio de 2013, una nueva resolución reconoció también este derecho para todos los trabajadores, incluidos los del sector privado, al especificar que los criterios serían trasladables al Estatuto de los Trabajadores, es decir, que todos los trabajadores, incluso los de las empresas privadas, tienen derecho a este permiso.
Varias sentencias establecen que el permiso de lactancia podrá ser disfrutado por cualquiera de los dos progenitores, con independencia de que la madre trabaje o no.
Asi pues, es importante y necesario advertir que si algún padre (progenitor) se encuentra en esta situación en el que la empresa para la que trabaja le deniega el permiso de lactancia debe reclamar su derecho ante los tribunales.
Puesto que el disfrute del permiso se ha flexibilizado y ha superado la discriminación por razón de sexo, permitiendo al padre disfrutarlo en las mismas condiciones, con independencia de que la madre trabaje por cuenta ajena, propia o no esté trabajando. Eso sí, si ambos trabajan, solo puede disfrutarlo uno de los dos.

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