domingo, 27 de febrero de 2011

SITL 2011: El salón de las soluciones logísticas

A un mes de su inauguración, los organizadores del SITL Solutions Logistiques, salón de las soluciones logísticas e innovaciones del transporte profesional, que tendrá lugar del 29 al 31 de marzo de 2011 en el Parque de Exposiciones Porte de Versailles (Pabellón 7) de París, anuncian que ésta edición ofrecerá a los visitantes múltiples novedades, conferencias, debates y otros eventos.

La exposición tradicional que estará estructurada en cuatro núcleos temáticos (Transporte/Almacenamiento, Depósito/Equipamientos, Centros logísticos, y Tecnologías/Sistemas de información), contará este año con dos nuevos espacios dedicados a la Seguridad/Protección y a la Previsión/Planificación.

Durante el SITL se celebrarán asimismo el certamen RFID, las Jornadas Europeas del Transporte Ferroviario, y la primera edición del salón internacional ECO Transport & Logistics, con el objetivo de dotar a la cita más importante del sector de un toque medioambiental.

Seguridad y protección de los almacenes y de las mercancías

Hoy en día las empresas de transporte y logística son igualmente valoradas en términos de seguridad y protección. En el transcurso de los últimos diez años, los ataques y robos a camiones y plataformas logísticas se han recrudecido. ¡Lo que supone en la actualidad unas pérdidas estimadas de 8.000 millones de euros en toda Europa!.

Efectivamente, SITL Solutions Logistiques dará prioridad a esta temática reuniendo en un pabellón exclusivo a las empresas de la cadena de valor "seguridad, protección y gestión del riesgo", así como a través de algunas conferencias. Numerosos líderes de este ámbito ya han confirmado su asistencia: CEIA International, Niscayah, Securitas France, Securitas Alert Services, Park+, MPLC Technologies, CTS y Tapa. Cada participante dispondrá de una superficie de 9m² sea cual sea su dimensión empresarial.

Previsión y planificación, dos pilares de la cadena de suministro

Dado el difícil contexto económico mundial, las empresas del sector se están orientando hacia la supply chain global, con el fin de optimizar sus flujos, sin error, desde el primer hasta el último eslabón.

Tras haber explorado ya los últimos eslabones, SITL Solutions Logistiques amplía su oferta con la creación de un pabellón dedicado a la previsión y a la planificación (APS, Advanced Planning and Scheduling Systems). Este tema será igualmente respaldado por varias conferencias.

Futurmaster, Dynasys, OM Partners, Syslife..., son algunas de las empresas que conformaran este espacio.

Certamen RFID: el transporte y la logística en profundidad

En la zona de exposición destinada a las Tecnologías y Sistemas de información, la celebración del certamen RFID representa un valor añadido para los agentes económicos. Era necesario que la edición 2011 de SITL Solutions Logistiques concentrara su oferta y debates en temas exclusivos del transporte y la logística. Treinta proveedores expondrán soluciones específicas. Por su parte, el RFID University, del martes 29 de marzo de 2011, tratará sobre:

·       Los usos potenciales de la RFID y del RTLS en la logística.

·       Las buenas prácticas y experiencias en logística y sobre la supply chain.

·       La RFID al servicio del inventario, almacenes, tiendas y puntos de venta.

·       La RFID y el transporte ferroviario, aéreo, marítimo y terrestre.

El transporte ferroviario en relieve

En la edición de 2010, mientras el mercado ferroviario se liberalizaba en toda Europa, las primeras Jornadas Europeas del Transporte Ferroviario congregaron a 600 participantes. Actualmente, el desafío sigue siendo considerable, ya que los usuarios buscan ideas innovadoras. Es por lo que SITL Solutions Logistiques repite este año, alargando incluso su duración de un día, a un día y medio.

Más prácticas que políticas y económicas, las temáticas de las actividades organizadas mostrarán proyectos diversos sobre largas distancias, búsqueda de financiación, etc.. A título de ejemplo, una de ellas sugiere mejorar la imagen del transporte ferroviario basándose en experiencias pasadas...

El interés real y creciente del sector por las cuestiones medioambientales también tiene cabida en SITL Solutions Logistiques. Planificado en el mismo momento y lugar, los visitantes podrán acceder a la 1ª edición del salón internacional ECO Transport & Logistics. Una cita ineludible para los profesionales, cuyos contenidos versarán sobre:



·       Los equipos de transporte para flotas más verdes y consumos energéticos controlados.

·       la eficiencia energética y la optimización de los costes de las instalaciones y equipamientos logísticos.

·       la gestión sostenible especializada en el transporte y la logística.

Otro de los acontecimientos previsto, que los asistentes no deben perderse, es la ceremonia de entrega del 11º Premio a la Innovación en el transporte y la logística, del miércoles 30 de marzo de 2011, que se celebrará en plena zona de exposición a las 12h30 de la mañana.

La edición de 2010, que albergó a unos 500 expositores en 27.500 m² de superficie, recibió la visita de 27.000 profesionales de 60 países. Durante su celebración tuvieron lugar 30 conferencias y talles, así como la entrega de 6 premios a la Innovación Logística.

Para mayor información, consulte la página web: www.sitl.eu

UGT acusa a Titsa de "falsear los datos" del plan seguridad para las fiestas de la capital tinerfeña

Asegura que la dirección de esta empresa “hace dejación de su labor” y “antepone los intereses económicos al sentido real y a la funcionalidad de esta empresa, que es dar un buen servicio público”
ImageLa representación de la Unión General de Trabajadores (UGT) en Transportes Interurbanos de Tenerife (Titsa) se muestra “in satisfecha” con respecto al plan de movilidad y seguridad presentado por la compañía para el Carnaval 2011.
A su juicio, no coincide el informe que Titsa proporciona al Cabildo sobre su dispositivo con el que realmente llevará a cabo en el periodo de carnavales. “La empresa ha falseado los datos, reduciendo considerablemente el número de guaguas que presentó en el informe al Cabildo”, denuncian. Además, esta federación considera “insuficiente” la seguridad privada que se contratará para los servicios especiales nocturnos en estas fiestas populares, ya que “se mueven muchísimos ciudadanos”.

Por todo ello, aseguran en un comunicado que la dirección de esta empresa “hace dejación de su labor” y “antepone los intereses económicos al sentido real y a la funcionalidad de esta empresa, que es dar un buen servicio público”.

Asimismo, la Federación de Transportes Comunicaciones y Mar, quiere manifestar, en relación al preaviso de huelga presentado en la empresa TITSA, su “indignación”.

Afirman, además, que “a raíz de las presiones llevadas a cabo por las secciones sindicales de UGT, la empresa se ha visto obligada a realizar un plan de seguridad totalmente novedoso”.

De hecho, denuncian que, hasta ahora, en grandes eventos donde se movilizan gran cantidad de personas, “nunca se habían preocupado de elaborar un plan o se habían tomado medidas al respecto, que garantizaran el bienestar de los usuarios y trabajadores”.

Los infantes se especializan en la falda del Roldán

El Ministerio de Defensa aprobó a finales de 2003 la creación de la Escuela Albacete y Fuster mediante la fusión de la Escuela de Infantería de Marina (EIM) y la Escuela de Formación de Tropa de Infantería de Marina (Esfortim). Desde entonces, ha hecho una fuerte inversión para modernizar las instalaciones de La Algameca por donde pasan cada año tropa, suboficiales y oficiales de la Infantería de Marina para obtener y mejorar sus especializaciones. En esta escuela se realizan desde los cursos de conducción hasta los de fusileros, favorecido por unas amplias instalaciones y un campo de tiro a los pies del monte Roldán, así como un campo de maniobras que comparten con el Ejército de Tierra en el barranco de Los Sánchez. Por la Escuela de Infantería de Marina también han pasado como alumnos los equipos de seguridad privada que embarcan casi todos los pesqueros españoles que navegan en los caladeros africanos infectados de piratas. En La Algameca han recibido instrucciones específicas sobre maniobras con las que hacer frente a ataques desde el mar y a utilizar armas de guerra en operaciones defensivas. Aunque actualmente tiene paralizadas las nuevas incorporaciones, la Escuela General Albacete y Fuster, una de las joyas de la Armada, trae cada año a Cartagena decenas de infantes.

El agresor de Patio Páramo dice que sufrió una enajenación transitoria


El hombre estuvo casi dos horas y media declarando ante el juez. Fuentes cercanas aseguran que se mostró arrepentido por lo que hizo. En su entrada al juzgado se estuvo tranquilo y pausado.
El hombre que en la madrugada del pasado miércoles acuchilló a su mujer, de la que se estaba divorciando, y a uno de sus hijos, de 22 años, pasó ayer por las dependencias judiciales para contar ante el titular del juzgado de Instrucción número Cuatro su versión de los hechos. Ésta se puede resumir con tres de las frases que el propio José Manuel V. espetó: “No recuerdo lo sucedido”, “sufrí una enajenación mental transitoria” y “escuchaba en mi cabeza una voz grave y metálica que me decía ‘mátala, mátala, mátala”. Es decir, que no recordaba bien lo que había sucedido, cómo había llegado hasta la casa, cómo había entrado y tampoco qué había ocurrido una vez en el interior del vivienda. El subteniente tiene algunos recuerdos de aquel día, pero se acaban cuando se acerca la hora de los hechos alegando padecer algunas lagunas mentales. En este sentido, el militar que compareció ante el juez aseguró que en el momento de la agresión “no era dueño de mis actos” e insistió en todo momento en que no había tenido “intención de matar” a su mujer y a su hijo.
Por una parte, su declaración se interpreta como intencionadamente olvidadiza basándose en que el hombre es capaz de recordar incluso los nombres de algunos de los medicamentos que tomó y que le llevaron al hospital, pero una vez fuera de las instalaciones médicas se le borra la memoria. Por otro lado, su declaración se entiende como fruto de la presión y el agobio al que estaba sometido por la situación personal que vivía, entendiendo que ese complicado contexto desembocó en el dramático suceso.
La declaración prestada por José Manuel V. lejos arrojar luz sobre el asunto que se intenta dilucidar plantea una serie de nuevas cuestiones. El agresor no negó en ningún momento que atacara a su mujer y a su hijo, ya que insistió en que no podía recordar lo sucedido. Quizá por eso permaneció ante el titular del juzgado de Instrucción número Cuatro durante casi dos horas y media. La dificultad y complejidad de todo lo que rodea al caso hizo que fuera necesario escuchar detenidamente su punto de vista para poder contrastarlo con el de las víctimas y el del agente de la Guardia Civil testigo. Precisamente este último explicó que José Manuel V. confesó tras abrir la puerta que: “Lo que había venido a hacer ya está hecho”. Justo antes había escuchado a la mujer gritar: “Que nos matan, que nos matan”.
El hombre entró en el juzgado con calma, tranquilo, sin prisas
El reloj marcaba las 13.19 horas del día de ayer cuando José Manuel V., detenido por agredir a su mujer y a uno de sus hijos, ingresaba en el juzgado de Instrucción número Cuatro para declarar ante el juez. Escoltado por tres militares y un agente de la Policía Nacional, el hombre iba esposado, tranquilo y mirando a las personas a los ojos. Un vigilante de seguridad y un guardia civil también merodeaban por la zona para evitar problemas. José Manuel vestía una cazadora de cuero y unos pantalones oscuros, presentaba el ojo derecho morado e hinchado y tenía una visible herida cosida con grapas en el lateral derecho de su cabeza. Estas lesiones se corresponderían con los golpes que sus propios hijos le propinaron intentando evitar que acabara con la vida de su madre y con otros que él mismo se produjo durante su periodo como recluso hasta ayer.
El momento de su ingreso en las dependencias judiciales fue tenso porque tanto él como los responsables de su custodia iban serios y pendientes de todo lo que sucedía a su alrededor. Algunas de las personas que estaban en la primera planta del Palacio de Justicia durante los diez segundos que José Manuel V. tardó en recorrer el espacio que va desde el ascensor hasta el juzgado sostuvieron la respiración unos instantes.
Trasladado a una prisión militar
José Manuel V. pasará las próximas semanas en un centro penitenciario de fuera de la ciudad a la espera de que se llevan a cabo nuevos capítulos judiciales que requieran su presencia. En principio se especulaba con su posible traslado hasta una prisión militar de Alcalá de Henares, en Madrid. Allí se le aplicará un protocolo especial para evitar los intentos de suicidio. Unos intentos que podrían haberse producido en los pasados días, ya que los militares de la ciudad encargados de su custodia tuvieron que pedir refuerzos porque el hombre se estaba dando golpes en la cabeza contra la pared de la celda en la que se encontraba y ellos lo estaban intentando frenar. Fuentes cercanas al hombre aseguran que estaba arrepentido por lo que ocurrió.
Malos modos en el hospital Universitario
Tanto compañeros del hombre como algunas de las personas del hospital hablaron de sus malos modos. El subteniente había ingresado en el clínico tras ingerir abundantes pastillas. Fuentes del Hospital indicaron que su comportamiento no fue del todo correcto con quienes lo atendieron, ya que habría llegado a alzar la voz en algún momento. Igualmente, pidió el alta voluntaria y abandonó el lugar dirigiéndose hacia la vivienda. Por su parte, algunos compañeros del agresor comentaron que en el cuartel no gustaba demasiado su comportamiento en algunas ocasiones. Tal vez por eso algunas personas hayan insistido en definirlo como “frío y calculador” e incluso  le hayan definido como “alguien que parece capaz de hacer daño”.
¿Quiso matar a su mujer?
Esa pregunta podría llegar a ser la piedra angular sobre la que gire el procedimiento judicial. Con toda probabilidad la acusación tratará de demostrar que el detenido tenía la intención de matar a su mujer, mientras que la defensa hará lo propio en el sentido contrario. Lo único que está claro es que parece claro que se le intentará imputar un delito de quebrantamiento (6 meses - 1 año de prisión) y otros de lesiones (2 años por cada víctima). La duda está en si los hechos llegarán o no a ser calificados como tentativa de homicidio (una petición mínima de 7 años y 6 meses). Hasta el momento esta última opción no parece clara por la gravedad de las heridas, aunque cada parte tratará de defender su territorio. Tanto la mujer como el hijo mayor de la pareja continúan ingresados en el hospital Universitario.
El médico forense observó al agresor
Lo primero que hicieron en los juzgados con José Manuel V. fue llevarlo hasta donde se encontraba el médico forense, que se encargó de observarlo y recoger algunas impresiones sobre su capacidad intelecto-volitiva. Según fuentes cercanas, el médico no habría observado síntomas de alteración en esos campos, aunque habrá que esperar a los resultados finales del examen realizado y al informe que emita el médico para poder valorar si realmente no era dueño de sus actos en el momento de los hechos. La opinión de los médicos va a ser crucial en este caso, ya que determinará si José Manuel V. actuó de forma premeditada y siendo consciente o no e incluso si la gravedad de las lesiones de las víctimas era alta, llegando a poner en peligro sus vidas. Esto podría determinar el tipo de delito por el que se le acusara.
Arrepentido
Fuentes cercanas al agresor aseguraron que éste se había mostrado arrepentido e incluso abatido al ser consciente de todo, llegando a decir que la auténtica condena era que su familia quedara marcada por lo ocurrido.

Cofrentes prevé estar operativa más allá de 2021

La renovación de la licencia de explotación de la central de Cofrentes hasta 2021, autorizada hace un par de semanas por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), no será la última prórroga que solicite el titular, Iberdrola.
De hecho, la instalación tiene previsto estar operativa más allá de la vida útil para la que fue concebida, 40 años, siguiendo el ejemplo de varios reactores del mismo diseño que el instalado en el municipio valenciano, tal y como explicaron ayer fuentes de la central. Para ello, durante los últimos ejercicios se han realizado trabajos de mejora y conservación de los materiales en las zonas sensibles.
Por ejemplo, periódicamente se realizan inyecciones de hidrógeno en la vasija que contiene el reactor con el objetivo de evitar procesos de oxidación. De hecho, no se descarta mantener la central en funcionamiento durante 60 años, tal y como se dijo en una visita para los medios organizada en 2010.
De momento, el primer objetivo, que es el visto bueno del Gobierno a la prórroga de la licencia por diez años más, parece bastante sencillo de conseguir, después de que el Congreso aprobara la Ley de Economía Sostenible, que incluye una enmienda que permite ampliar la vida útil de las centrales españolas más allá de los 40 años.
Tras el informe favorable del CSN, sólo falta el visto bueno del Consejo de Ministros. Si se obtiene, Cofrentes estará funcionando hasta 2021, lo que significa que dentro de una década habrá consumido 37 de los 40 años de su vida útil, pues entró en funcionamiento en 1984. Además, teniendo en cuenta la citada ley, siempre que se cumplan los criterios de seguridad, no será complicado que Iberdrola pueda conseguir una nueva prórroga más allá de la que en la actualidad tramita el Gobierno.
Precisamente, la asociación ecologista Tanquem Cofrents organizó ayer una acción en la avenida de Francia de Valencia para solicitar el cierre de la nuclear al considerar «que su periodo de vida útil llega a su fin». Los activistas desplegaron una enorme pancarta de 60 metros con el símbolo de radiación, que se situó en la rotonda ubicada junto a la sede de Iberdrola. Además, un grupo de activistas intentó descolgar un cartel desde el hotel del complejo Aqua, una acción que abortaron los vigilantes de seguridad.

Piden tres años de cárcel para un hombre por agredir a dos policías en El Entrego

Langreo, E. P. 

La fiscalía solicita tres años y nueve meses de cárcel para un hombre acusado de agredir a dos agentes de Policía que le pidieron que se identificase tras ser sorprendido robando en un establecimiento comercial de El Entrego. El ministerio público reclama también una multa de 720 euros por la falta de hurto y otros 720 euros por las lesiones producidas a los policías, a los que tendría que indemnizar con 4.029,46 euros. 

Los hechos ocurrieron el 25 de marzo de 2009 cuando el acusado, que responde a las iniciales J. L. G. A., «escondió entre sus ropas» una botella de crema de orujo, un lacón, un receptor digital terrestre, un atornillador y un mini receptor, según refleja el escrito de la acusación. Cuando salió del establecimiento sin abonar el importe de los productos fue retenido por vigilantes de seguridad que llamaron a la Policía Nacional. Una vez llegaron los agentes, el acusado se negó a identificarse y los agredió con patadas y cabezazos. 

Uno de los policías sufrió un esguince metacarpo-falángico del primer dedo de la mano izquierda y una contractura muscular, que precisaron de 40 días para su curación. Al agente le han quedado secuelas ya que no alcanza el máximo grado de flexión de ese dedo. Su compañero padeció dolor cérvico-dorsal derecho y precisó 15 días para su restablecimiento. El acusado, durante su traslado a dependencias policiales, profirió expresiones amenazantes a los agentes y dio patadas en las puertas del vehículo, que no resultó dañado. El juicio se celebrará el próximo viernes en el Juzgado de lo Penal de Langreo.

Piden 12 años a vigilante acusado de matar a "Luisito" en el barrio de Tetuán

Madrid, 26 feb (EFE).- El vigilante de seguridad acusado de matar al joven dominicano Luis Carlos Polanco Peralta, conocido como "Luisito", en el barrio de Tetuán en 2009, será juzgado en abril por un tribunal popular y se enfrentará a 12 años de prisión de acuerdo con la petición del fiscal.
En el escrito provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Efe, al procesado, José Luis T.C., se le acusa de un delito de asesinato pero con la eximente incompleta de enajenación mental.
El acusado presenta un trastorno mixto de la personalidad (esquizoide-paranoide) que en el momento de los hechos "le afectó parcialmente en su capacidad para comprender la ilicitud de los hechos", dice el fiscal.
Fue el 20 de marzo de 2009 cuando, sobre las diez de la noche, José Luis T.C. efectuó a poca distancia un disparo con una pistola, para la que tenía licencia, contra "Luisito", que murió a las dos horas.
El acusado, que se encuentra privado de libertad desde los hechos, tenía el título de vigilante de seguridad otorgado por la División de Formación y Perfeccionamiento del Cuerpo Nacional de Policía (CNP), así como licencia de armas expedida en mayo de 2008 por la Guardia Civil de Madrid.
La acusación particular acusa a José Luis T.C. de un delito de asesinato y pide una pena de 20 años de cárcel En el momento de su muerte "Lusisito" esperaba una hija de su compañera sentimental, por lo que el fiscal solicita que el acusado indemnice a ambas con 225.000 euros, y con 100.000 a sus padres.
La vista oral está previsto que se celebre en la Audiencia Provincial desde el 4 al 13 de abril. EFE
 

jueves, 24 de febrero de 2011

Te pueden prohibir hacer esa fotografía…

Un interesante artículo en fotografía perfecta donde nos cuentan las respuestas a esas dudas que tenemos cuando tiramos una fotografía en algún lugar donde pensamos si es legal o no hacerlo. En este texto nos explican con mucha claridad que si es posible hacer fotografías en aviones, aeropuertos, agentes de la autoridad, centros comerciales, lugares públicos, … y hemos añadido al final algunas matizaciones aparecidas en los comentarios hablando del nuevo Programa de Seguridad Nacional aprobado el 1 de octubre de 2009 y donde se puntualizan cosas que ya no es posible hacer. Por ejemplo ya no es posible realizar fotografías dentro de los aeropuertos sino es con autorización expresa, así que ten cuidado.

Aquí tenéis el manual de donde puedes hacer fotografías que no puedo modificar para respetar la licencia de su autor, aunque por precaución he añadido una nota personal en las partes del aeropuerto, espero que el autor lo entienda:

1.- ¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete?

NO. Bajo ningún concepto. El único que puede ordenar la destrucción de la propiedad decomisada es un juez. Y para eso antes tiene que ser decomisada y por tanto constar en un informe y existir una denuncia.

La tarjeta de memoria es propiedad privada así como lo es un carrete. El contenido de la tarjeta de memoria y las fotos de un carrete, además de ser de propiedad privada, están sujetas a la ley de propiedad intelectual.

¿Que hacer si nos pasa? Recordadle al agente que el contenido de la tarjeta o del carrete es de propiedad privada. Ordenar la destrucción de propiedad privada es ilegal. Solo se pueden destruir los bienes decomisados y siempre por orden de un juez tras ser demostrado el delito penal y demostrada la peligrosidad o posible mal uso del bien decomisado. Esa función corresponde exclusivamente a un juez excepto en el caso de armas y explosivos. Eso quiere decir que el borrado de la tarjeta podría ser denunciable por el artículo 508 del código penal, “La autoridad o funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales o impidiera ejecutar una resolución dictada por la autoridad judicial competente, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”

Acto seguido, dadle vuestros datos, pedidle que os denuncie y que en caso de ser oportuno os detenga, ya que la “resistencia a la autoridad” es lo único que puede alegar y así tampoco podrá (y si lo hace será detención ilegal… ya que no hay delito).

Eso sí… en caso de que no veáis otra salida más que el borrado, dadles la cámara y que ellos pulsen el botón de borrado, porque de lo contrario, podrían decir que lo borrásteis voluntariamente y así cometen el delito contra la propiedad intelectual. Y siempre con testigos, porque un agente de la autoridad tiene presunción de veracidad, es decir, si es su palabra contra la tuya, él gana.

2.- Si estoy fuera del aeropuerto y hago fotos al interior… ¿es legal?

Si es legal. Cualquier prohibición de realizar fotografías en un recinto no es aplicable fuera del recinto, apuntes a donde apuntes la cámara. Si estoy fuera del aeropuerto, puedo hacer fotos a cualquier cosa que se vea desde fuera. Como ejemplo, los guardias civiles que vigilan el congreso de los diputados. Os invito a cualquiera que sea de madrid a ir y preguntarles. (Nota de David Carrero: El nuevo Plan de Seguridad Nacional prohibe realizar fotografías en los aeropuertos, informate antes)

3.- ¿Es legal hacer fotos a un guardia civil u otra fuerza de seguridad o a alguno de sus vehículos?

Si. Eso no quita que por cortesía, se les debería informar (no pedir permiso, informar). En el caso que estén en acto de servicio en un lugar público, sí que es lícito fotografiarles puesto que son personas en lugar público ejerciendo un cargo público y se aplica la ley 1/1982 artículo 8a.

4.- ¿Puede venir alguien que no se identifique o se identifique como una fuerza de seguridad no española e impedirme hacer fotografías?

NO. Según la ley 2/1986 solamente Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la nación, los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas y los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales son fuerzas de seguridad y tienen potestad para hacer cumplir la ley.

Los miembros de los cuerpos de seguridad extranjeros en España no pueden aplicar ninguna ley española si no van acompañados de un agente de la autoridad de una de las fuerzas recogidas en la ley 2/1986, y además solo pueden realizar detenciones civilessegún lo estipulado en el artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es decir, sonciudadanos normales.

Si os intentan impedir lo que sea y estáis fuera del recinto del aeropuerto, llamad a la policía nacional, local o a los mossos, ya que es su jurisdicción.

5.- ¿Es legal hacer fotos dentro de un aeropuerto?

En contra de la creencia popular que es que no, el caso es que en un lugar público, es legal hacer fotografías puesto que ninguna ley lo impide.

Lo que sí es cierto que muchos organismos hacen, es que es necesario un permiso e incluso pagar una tasa por hacer fotografías en el interior, alegando las molestias, pero eso solo es legal si montas un trípode. Eso por ejemplo lo hace AENA que te cobra 3000 euros diarios por hacer una sesión de fotos en el interior de un avión, o el ayuntamiento de Barcelona que te cobra 359 euros por hacer fotografías en la vía pública si necesitas montar un trípode o luces (en realidad solo lo aplican a publicidad, por suerte). Pero si uno va con la cámara en la mano, en una dependencia pública, puede hacer lo que se le antoje. Curiosidad: las tasas por grabar o hacer fotos en NY son CERO. (Nota de David Carrero: El nuevo Plan de Seguridad Nacional prohibe realizar fotografías en los aeropuertos, informate antes)

6.- ¿Puede alguien ponerme la mano delante del objetivo de mi cámara?

NO. Ni siquiera un agente de las fuerzas del orden a menos que me esté deteniendo. Y si te tocan la cámara, es una AGRESIÓN y es denunciable.

7.- ¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, etc impedirme hacer fotografías en un lugar público?

NO. En ningún caso.

8.- ¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, etc impedirme hacer fotografías en un recinto privado, por ejemplo, un centro comercial?

Tema interesante… un centro comercial es un recinto privado que pertenece a una empresa, pero… mientras está abierto al público y no se requiere de identificación para entrar, tiene la condición de recinto público, así que se aplica el punto anterior.

9.- ¿Entonces, si me dicen que un aeropuerto es de AENA y por tanto un recinto privado y por eso no puedo hacer fotos?

Desde el punto de vista de la propiedad del mismo, puede ser de titularidad privada, pero en las zonas donde no se requiere identificación para entrar, es un recinto público y se aplican las normas como tal. Sí, es así… es decir, podría entrar al Corte Inglés y hacer fotos a todo, porque mientras esté en horario de atención al público y no use un trípode, puedo hacer lo que me de la gana con la cámara. (Nota de David Carrero: El nuevo Plan de Seguridad Nacional prohibe realizar fotografías en los aeropuertos, informate antes)

10.- Entonces, ¿puedo ir por un aeropuerto impunemente haciendo fotos a todo?

NO. No por todo el aeropuerto. Las zonas con acceso restringido NO tienen carácter de espacio público y por tanto, la entidad o empresa propietaria es la que autoriza a hacer fotografías. Eso por ejemplo, afecta a las pistas, que son de acceso restringido. Tampoco se aplica a las zonas en las que debes llevar un título de transporte o billete. Por ejemplo, podemos hacer fotos en el vestíbulo del metro, pero requerimos de autorización una vez pasadas las taquillas. También se requiere autorización, por ejemplo, en el interior del avión o en la puerta de embarque porque no se consideran zonas públicas sino de acceso restringido, aunque ahí la normativa no se suele aplicar. (Nota de David Carrero: El nuevo Plan de Seguridad Nacional prohibe realizar fotografías en los aeropuertos, informate antes)

11.- ¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, agente de la autoridad, etc impedirme hacer fotografías desde un lugar público hacia un recinto privado?

NO. Bajo ningún concepto. Sin excepción.

12.- ¿Puede un agente de las fuerzas del orden echarme de un lugar público por estar haciendo fotos?

No. Al menos, no por hacer fotos. Lo que sí puede hacer un agente es aplicar el artículo 19 de la ley 1/1992, que dice “Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento.”

Es decir, podrían alegar, por ejemplo, que por razones de “vuestra propia seguridad” debéis abandonar la zona, pero para eso deberían exponeros la razón. Y por cierto, según la ley 1/1992 sobre seguridad ciudadana, a no ser que haya un derrumbe o una pelea o una proximidad peligrosa a una carretera, no pueden echaros.

13.- ¿Y si me dicen que un edificio o avión es una marca registrada o tiene copyright?

En España un edificio o monumento no puede tener copyright. Lo intentó el PP pero no prosperó, porque entonces grabar un travelling por una calle de madrid o barcelona costaría un ojo de la cara en derechos de imagen.

En el caso de un avión, un objeto que tiene una propiedad industrial que está en un espacio público, no tiene ningún tipo de restricción.

En el caso de una marca registrada situada en un espacio público, no existen restricciones.

En el caso de propiedad intelectual, por ejemplo, fotografiar una fotografía de otro, cabe destacar que en ningún caso la toma está prohibida… sí su publicación sin autorización expresa. Pero igualmente no te pueden impedir que hagas la foto.

14.- ¿Puedo realizar fotografías desde el aire en las cercanías de un aeropuerto?

No sin autorización del organismo competente (la DGAC o AENA).

15.- ¿Y si uso una pértiga o un helicóptero RC?

Lo mismo, cualquier objeto que se eleve por encima de la valla del aeropuerto requiere autorización de la DGAC o AENA.

16.- ¿Es un aeropuerto una zona considerada como de seguridad nacional y por tanto no fotografiable?

NO. NO Y NO. No existe en España ninguna ley que prohiba a un ciudadano hacer fotografías desde cualquier lugar público. Incluso podemos hacer fotos de una comisaría o base militar sin restricción ninguna, ya que lo que sea “secreto” o “sensible” no estará ni a la vista del público ni en una zona de acceso público.

Eso sí, si vamos a hacer fotos (al exterior) de un cuartel de los mossos o algo así, es tan simple como entrar, que te tomen nota del DNI y avisarles que vas a hacer fotos. Es decir, no se trata de pedir permiso sino de informar. Todo esto es para que no nos detengan bajo el artículo 576 del código penal, “1. Será castigado con las penas de prisión de cinco a diez años y multa de dieciocho a veinticuatro meses el que lleve a cabo, recabe o facilite, cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una banda armada, organización o grupo terrorista.

2. Son actos de colaboración la información o vigilancia de personas, bienes o instalaciones… (etc etc)”

Es decir, si te identificas voluntariamente antes de hacerlo, no puedes ser sospechoso de nada, y no te pueden impedir hacer las fotos.

Por el contrario, en el reglamento militar sí que existe un castigo para los militares que hagan fotos a instalaciones sensibles, pero es que eso existe porque se supone que sí están autorizados a acceder.

(C) 2008 “Flatline” para Aviadores Virtuales Asociados (www.aviadoresvirtuales.org)

La reproducción total y/o parcial están permitidas expresamente por el autor, siempre que se incluya en la reproducción la leyenda del copyright sin alteración alguna. La alteración del contenido queda expresamente prohibida.

Nota importante sobre el nuevo Plan de Seguridad Nacional

En el nuevo Programa Nacional de Seguridad, vigente desde el 1 de octubre de 2009, se han incluido las limitaciones descritas a continuación respecto a la toma de fotografías y/o grabaciones en el recinto aeroportuario.

Capítulo 2.2.1 – “Está prohibido hacer fotografías y grabaciones con cualquier medio dentro del recinto aeroportuario, salvo autorización expresa de la Autoridad Aeroportuaria, en las siguientes zonas:

* Controles de accesos, independientemente del sistema utilizado y si está controlado con presencia de personal de seguridad o no: casetas, puertas, tornos, mostradores, controles, sistema de circuito cerrado de televisión…

* Controles de seguridad de pasajeros, tripulaciones y empleados.

* Zonas críticas de seguridad tales como: patios de carrillos, vías de servicio, y plataforma. Esta prohibición es específica para el personal con acreditación aeroportuaria que acceda a dichas zonas y que realice fotografías y/o grabaciones con cualquier medio en las que se muestren procedimientos, instalaciones, equipos, etc que puedan comprometer la seguridad de la aviación.”

Por tanto, no son objeto de prohibición las fotografías o grabaciones realizadas en plataforma a aeronaves, vehículos, estacionamientos… como parte de las funciones habituales del trabajador, siempre que no muestren procedimientos, instalaciones, equipos… vinculados a la seguridad aeroportuaria.
“Este apartado es de obligado cumplimiento para pasajeros y trabajadores del aeropuerto, estando exentos de esta prohibición:

* El personal de seguridad contratado por el aeropuerto exclusivamente para el desarrollo de sus funciones en el propio aeropuerto.

* Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

* Aquellas personas que cuenten con la autorización expresa de la Autoridad competente y/o aeroportuaria.”

¿Cuál es el objetivo de esta nueva normativa?

Garantizar que no se divulgue información relativa a las medidas de seguridad adoptadas así como los procedimientos, equipos, instalaciones… necesarios para llevarlas a cabo, evitando que se produzcan mermas en el nivel de seguridad que entre todos tenemos que mantener.

Penalizaciones y sanciones en caso de incumplimiento

En el caso de trabajadores con acreditación aeroportuaria, se les podrá retirar la acreditación:

* De siete a treinta días si realiza una fotografía o grabación de video.

* De treinta días a retirada definitiva si realiza más de una fotografía o grabación de video.

Tanto a pasajeros como a trabajadores se les podrá aplicar la ley 21/2003 de 7 de julio de Seguridad Aérea, al menos en los artículos:

* Artículo 33, apartado 1, donde se expresa que los pasajeros y otros usuarios de los servicios aeronáuticos están obligados a cumplir con la diligencia debida las normas, reglas y condiciones de seguridad requeridas en cada actividad u operación aeronáutica.

* Artículo 41, apartado 1, donde se expresa que los pasajeros están sujetos a cumplir las normas, reglas, medidas, y condiciones de seguridad en vigor tanto en aeronaves como en aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias.

RESOLUCION Denuncia ante Inspeccion de Trabajo, servicios en el EXTERIOR

(SENTENCIA JEFE DE EQUIPO)



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(SENTENCIA JEFE DE EQUIPO)

Mensaje @ire el Dom Dic 26, 2010 1:04 pm

(SENTENCIA JEFE DE EQUIPO)
J U Z G A D O S
SENTENCIA Nº 431 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE
ZARAGOZA

Conexión entre el Reglamento de Seguridad Privada y el Convenio Colectivo del Sector en lo referente al plus de Responsable de Equipo, cuando el vigilante más antiguo en el establecimiento, según manda el Reglamento de Seguridad, asume la iniciativa en el servicio de vigilancia, cuando concurren dos o más vigilantes y no está previsto un orden de prelación entre ellos. Se estima la demanda, condenando a la empresa a pagar 431,73 euros más el 10% de mora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-

La cuestión debatida en el presente procedimiento se contrae a determinar si el demandante, como consecuencia de haber tenido que asumir en determinados días la iniciativa en la prestación de servicios que establece el art. 71.0 del Real Decreto 2364/ 1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (“ En ausencia del Jefe de Seguridad, cuando concurran dos o más vigilantes y no estuviese previsto un orden de prelación entre ellos, asumirá la iniciativa en la prestación de los servicios el vigilante más antiguo en el establecimiento o inmueble en el que se desempeñen las funciones”) tiene derecho a percibir el plus de Responsable de Equipo de Vigilancia que establece el art. 71.e) del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad (“se abonará al trabajador que, además de realizar las tareas propias de su categoría, desarrolla una labor de coordinación distribuyendo el trabajo e indicando como realizarlo, confeccionando los partes oportunos, anomalías o incidencias que se produzcan en los servicios en ausencia del inspector y otro jefe, teniendo la responsabilidad de un equipo de personas.

El personal que ejerza funciones de responsable de equipo percibirá un plus por tal concepto de un 10 por 100 del sueldo base establecido en este Convenio, que corresponda a su categoría, en cuanto las tenga asignadas y las realice”).

La solución ha de ser favorable a la pretensión del actor, pues si el Reglamento de Seguridad impone al Vigilante más antiguo en el establecimiento la obligación de asumir la iniciativa en la prestación del servicio cuando este se realiza por dos o más vigilantes, asumiendo, por tanto, la responsabilidad de un equipo de personas, lo cual lógicamente implica la coordinación, distribución del trabajo e indicación de cómo realizarlo así como la confección de los oportunos partes, no cabe sino estimar que cumple los requisitos precisos para ser perceptor del plus de responsable de equipo de vigilancia que reclama, debiendo por tanto estimarse que tiene derecho al percibo del complemento en aquellos días en los que, ostentando la condición de vigilante más antiguo en el establecimiento, ha tenido que Profesionales de Seguridad Privada. (PSP)

2 Asumir, por ausencia del Responsable de Equipo o de un superior, la iniciativa en la prestación del servicio.

SENTENCIA NÚMERO 421
En nombre del Rey
Administración de Justicia
En Zaragoza a diez de diciembre de das mil dos.
Visto por mí, ...............magistrado Juez del Juzgado de lo Social número Cinco de Zaragoza y su provincia, el proceso número 1.687/02 seguido a instancia de ............representado por el Graduado Social Pablo Bueno Muñoz contra PROSE SA., representada por el Letrado Manuel Orera Aznar, sobre Cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO—

En fecha 2 de septiembre de 2.002 se presentó la demanda que fue repartida a este Juzgado y en la que previa relación de hechos y fundamentos jurídicos, terminaba suplicando se dictase una sentencia por la que se condene al demandado a abonar al actor la cantidad de 41143 euros, más el 10% en concepto de interés por demora, sin perjuicio de lo que se fije en Conclusiones definitivas. Admitida a trámite la demanda se señaló el juicio oral para el día 2 de diciembre de 2.002, al cual comparecieron las partes que figuran en el acta de juicio.

SEGUNDO.—

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

1.- El demandante ........ ha prestado servicios para la empresa demandada PROSE, SA. desde el 9 de abril de 2001 hasta el 8 de marzo de 2002, en Profesionales de Seguridad Privada. (PSP)

3 Virtud de contrato para obra o servicio determinado, con categoría profesional de Vigilante de Seguridad VJ y salario de 947,70 euros mensuales con inclusión de la parte proporcional de pasas extraordinarias. Habiendo desarrollado su trabajo en el Hospital Militar de Zaragoza.

2.— En el periodo de abril de 2001 a marzo de 2002 el demandante realizó su turno de trabajo asumiendo la iniciativa en la prestación del servicio por ser el Vigilante más antiguo de los des turno y no prestar servicios en el mismo el designado por la empresa como Jefe de Equipo, en un total de 209 días en los términos que especifica en el hecho sexto de su demanda cuyo contenido se da aquí por reproducido.

3.-- Reclama en el presente procedimiento el percibo del Plus de responsable de equipo de vigilancia correspondiente a los días en qué asumió la iniciativa en la prestación del servicio y que asciende al importe total de 411,73 euros (209 días x 1,97 euros) así como el 10% anual de interés por mora.

4..— Se instó acto de conciliación que concluyó sin efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-

La cuestión debatida en el presente procedimiento se contrae a determinar Si el demandante, como consecuencia de haber tenido que asumir en determinados días la iniciativa en la prestación de servicios que establece el articulo 71.4 del Real decreto 2364/1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (“ En ausencia del jefe de seguridad, cuando concurran dos o más vigilantes y no estuviese previsto un orden de prelación entre ellos, asumirá la iniciativa en la prestación de los servicios el vigilante más antiguo en el establecimiento o inmueble en el que se desempeñe las funciones” tiene derecho a percibir el plus de Responsable de Equipo de Vigilancia que establece el articulo 71.C) del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad (“ se abonará al trabajador que, además de realizar las tareas propias de su categoría, desarrolla una labor de coordinación distribuyendo el trabajo e indicando cómo realizarlo, confeccionando los partes oportunos, anomalías o incidencias que se produzcan en los servicios en ausencia del Inspector y otro jefe. teniendo la responsabilidad de un equipo de personas- El personal que ejerza funciones de responsable de equipo percibirá un plus por tal concepto de un 10 por 100 del sueldo base establecido en este Convenio, que corresponda a su categoría, en tanto las tenga asignadas y las realice” - • La solución ha de ser favorable a la pretensión del actor pues si el Reglamento de Seguridad impone al Vigilante más antiguo en el establecimiento la obligación de asumir la iniciativa en la prestación del servicio cuando éste se realiza por dos o más Vigilantes, asumiendo, por tanto, la responsabilidad de un equipo de personas lo cual lógicamente implica Iba coordinación, distribución del trabajo e indicación de como realizarlo así. corno la confección de los oportunos partes, no cabe sino estimar que cumple los requisitos precisos para ser perceptor del, plus de responsable de equipo de Profesionales de Seguridad Privada. (PSP)

4 vigilancia que reclama, debiendo por tanto estimarse que tiene derecho al percibo del complemento en aquellos días en los que, ostentando la condición de Vigilante más antiguo en el establecimiento, ha tenido que asumir, por ausencia del Responsable de Equipo o de un superior, la iniciativa en la prestación del servicio.

Consecuentemente ha de ser acogida la pretensión de abono del plus que reclama en elç importe que también reclama al no haberse acreditado de un modo fehaciente por la empresa, que dispone de medios suficientes y a su alcance, que los días en los que el demandante asumió la iniciativa de la prestaci6r del servicio sean menos o distintos de los que reclama.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el. Magistrado Juez que suscribe ha decidido:

FALLO

Estimar la pretensión de la demanda y condenar a la empresa demandada PROSE, S.A. a pagar al demandante .................. la cantidad de 411,73 euros más el 10% de interés por mora

Así, por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio literal al proceso de referencia, lo pronuncio, mando y firmo.

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Más seguridad en los Juzgados de Valdemoro tras el intento de robo a una juez

La Comunidad de Madrid ha redoblado laseguridad en los Juzgados de Valdemoro tras el intento de robo quesufrió una juez en su despacho, según han informado hoy a Efefuentes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y elTribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid.
Los hechos se produjeron el martes pasado cuando un hombre "bienvestido" y de rasgos magrebíes que dijo conocer a una magistradalogró acceder, sin pasar por el arco de detección de metales y sinenseñar su documentación, a las dependencias judiciales.
Tras observar que de un despacho salía una mujer y que no habíanadie más, entró en él y se acercó a una mesa donde había un bolso yotros objetos personales.
La mujer regresó enseguida, le preguntó al hombre qué hacía allíy por qué estaba mirando su bolso, tras lo cual le ordenó que semarchara y dio la voz de alarma.
Funcionarios del Juzgado entraron en el despacho y vieron a lamujer muy alterada, mientras que el ladrón, que se había quedadodetrás de la puerta, aprovechó la confusión y se fue por donde habíavenido, pero sin el bolso.
La víctima del intento de hurto es la juez María ConcepciónAzuara, que había llegado a Valdemoro desde San Sebastián y habíasolicitado una medida extraordinaria de protección: Que todo el quequisiera verla debía estar debidamente acreditado, según hainformado la cadena SER.
Azuara presentó una denuncia en el Juzgado de Guardia por intentode sustracción del bolso.
Entretanto, el TSJ de Madrid puso el incidente en conocimiento dela consejería que dirige Francisco Granados, que habló con la juez yse comprometió a estudiar qué tipo de medidas se podían adoptar paraevitar que vuelva a ocurrir un hecho similar.
Al día siguiente, en la comisión mixta del TSJ de Madrid y laComunidad, se trató el incidente y se decidió reforzar la seguridadde todos los edificios judiciales y en especial los de Valdemoro,donde también se va actuar en las ventanas para que no se pueda verdesde el exterior.

Fuente: ABC
17/02/11

Cambios en la Ley de Protección de Datos por la Ley de Economía Sostenible

La recién aprobada Ley de Economía Sostenible ha modificado finalmente, a través de su Disposición final quincuagésima octava, el Régimen sancionador de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Los cambios fundamentales que entrarán en vigor tras la publicación de la Norma en el Boletín Oficial del Estado son, en síntesis, los siguientes:
Introducción de la figura del apercibimiento como alternativa a la multa, de modo que la Agencia Española de Protección de Datos puede aplicarlo de forma excepcional, no iniciando el procedimiento sancionador cuando los hechos fuesen constitutivos de infracción leve o grave y el infractor no hubiese sido sancionado o apercibido con anterioridad.
Eliminación o modificación de la calificación de determinadas infracciones. En concreto, la cesión de datos que no sean especialmente protegidos se tipifica como infracción grave, en lugar de muy grave, y la transmisión de los datos a un encargado del tratamiento sin dar cumplimiento a los deberes formales establecidos en el artículo 12 constituye una infracción leve.
Ampliación del número de criterios para graduar las sanciones o aplicar atenuantes. A efectos ejemplificativos, se permite graduar el importe de la sanción en función del volumen de negocio del infractor o si el mismo si acredita que tenía implantados procedimientos adecuados de actuación en la recogida y tratamiento de los datos de carácter personal. En cuanto a las nuevas atenuantes cabe destacar el reconocimiento espontáneo de su culpabilidad por parte del infractor.
Por último, se aumenta la cuantía mínima de las sanciones correspondientes a las infracciones leves (de 601,01 a 900 Euros) y se reduce el límite superior (de 60.101,01 a 40.000 Euros).
En resumen, la reforma apuesta por incentivar los mecanismos de advertencia y seguimiento para lograr un cumplimiento real por parte de las compañías, reduciendo posiblemente la apertura de procedimientos sancionadores, a través del apercibimiento, requiriendo la adopción de las correspondientes medidas; y en caso de que se inicie el procedimiento sancionador, permite modular la imposición de multas, en la medida en que refuerza los criterios objetivos para valorar las circunstancias concurrentes en la comisión de las infracciones.

Fuente: El Economista
18/02/11

El juez condena al jefe de los escoltas de Alí a siete meses de cárcel por resistirse a la Policía

Claudio Loiodice recurrirá la sentencia e insiste en que no amenazó ni agredió a ningún agente tras el partido del Racing ante el Sevilla 



Siete meses de cárcel y 1.200 euros. Claudio Loiodice, jefe de los escoltas del nuevo propietario del Racing, Alí Syed, conoció ayer, dos días después de celebrarse el juicio en Santander, la sentencia impuesta por los incidentes con la Policía Nacional ocurridos después del partido contra el Sevilla.
El magistrado José Hoya considera culpable a Loiodice de un delito de resistencia y una falta de lesiones, aunque rebajó la petición de pena hecha por la Fiscalía, que solicitaba ocho meses de prisión y 1.500 euros, según informaron fuentes judiciales. Además de la multa, el italiano tendrá que pagar a uno de los policías con los que tuvo el altercado 150 euros, que sí es la cantidad que pidió el fiscal como indemnización por un manotazo que propinó el escolta a ese agente.
Loiodice relató en el juicio que iba en un coche, en la comitiva que seguía a Alí Syed tras el partido, cuando de repente vio que el vehículo de su jefe se detenía. Al ver que Alí se bajaba del coche y era rodeado por numerosos aficionados, que querían hacerse fotos con él, fue hacia allí para poder acercarse al propietario del Racing. Según dijo ante el juez, pidió permiso para pasar a varias personas y sólo se dio cuenta de que una de ellas era policía cuando se dio la vuelta. «Pedí perdón, pero el agente me empujó», aseguró.
Los policías dieron otra versión de lo sucedido. Según declararon, se encontraban haciendo un cordón policial para dar protección a Alí cuando Loioidice empezó a empujarles. «Le dijimos que se tranquilizara varias veces, pero no hizo caso y se llevó los dedos a los ojos para luego apuntarme con ellos en un gesto intimidatorio. Después, me golpeó en el pómulo izquierdo, por lo que decidimos detenerlo», declaró uno de ellos. Tras ser esposado, el jefe de seguridad de Alí, según los agentes, profirió amenazas como: «Te conozco, te voy a matar, tengo un arma» y «en un tatami podría acabar con tres de vosotros a la vez».
«Ha sido un malentendido»
Poco después de conocer la sentencia, Loiodice anunció su intención de recurrirla porque «no refleja correctamente la realidad» de lo sucedido «ni valora adecuadamente» todas las diligencias practicadas en el proceso. «Tengo la segura esperanza de que todo quede finalmente aclarado», señaló.
A través de un comunicado, el italiano apeló a su «intachable» carrera como policía en su país para demostrar su «respeto absoluto» a la Justicia y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Por eso, como ya hizo su abogado en el juicio, achacó el incidente a una «confusión dentro del tumulto de gente que había en aquel momento, agravada por una clara falta de entendimiento motivada en el lenguaje».
Loiodice insistió en que «en ningún momento» realizó ningún acto imputable como delito de resistencia, y que «bajo ningún concepto» increpó, amenazó, agredió o golpeó a ningún agente.

Más mujeres con escolta

  • a CAV registró en 2010 menos casos de violencia de género, 4.285, pero más vascas necesitan hoy de protección
  • En tres de cada cuatro casos, agresor y víctima están o han estado unidos sentimentalmente
BILBAO. La tendencia de la violencia de género en la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) ha ido incrementándose inexorablemente en los últimos años, llegando a multiplicarse por dos. De 2.477 casos en 2002 a 4.660 en 2009, aunque es destacable que a lo largo del año 2010 se produjo un ligero descenso con un total de 4.285 casos, que se corresponden con un total de 3.507 mujeres víctimas. Lo más trágico es que en tres de cada cuatro casos, el agresor y la víctima están o han estado unidos por un vínculo sentimental. A pesar de haber producido menos victimizaciones, 36 mujeres debieron de ser protegidas con escoltas, medida prevista para los casos con nivel de riesgo más alto.
Esta dura estadística de la violencia ejercida hacia la mujer en Euskadi se desprende del balance presentado ayer por Mariola Serrano, directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género del Gobierno vasco. "Las cifras no reflejan la totalidad de las situaciones de violencia, porque sigue habiendo muchas mujeres que todavía la sufren en silencio", explicó al tiempo que animó a las víctimas a denunciar a sus agresores para iniciar una vida libre de violencia.
En este sentido, un dato esperanzador es que en 2010 el servicio de atención telefónica 24 horas para víctimas de violencia de género recibió un total de 3.369 llamadas -nueve al día-, un 17% más que el año anterior.
Aunque se van produciendo avances significativos tanto en la conciencia ciudadana como en las propias agredidas, a lo largo de 2010 en Euskadi cinco mujeres fueron asesinadas por esta violencia de género, dos de ellas víctimas de la violencia mortal por parte de su pareja o expareja, y las otras tres víctimas de la violencia intrafamiliar de género. Las cinco asesinadas en el año 2010 eran de nacionalidad española y tenían una media de edad de 44 años.
CINCO ASESINADAS El 17 de enero, Elena Cal fue asesinada en Tolosa; el 8 de febrero, Amelia Sánchez en Barakaldo; el 19 de febrero, Isabel Vélez fue asesinada en Lasarte; el 25 de julio Amelia Amaya fue asesinada por su pareja en Bilbao; y el 6 de diciembre a Cristina Estébanez la mató su expareja en Barakaldo. Esta macabra estadística, en los últimos ocho años entre 2002 y 2010, eleva en la CAV a 27 cifra de asesinadas, el 74%a manos de su pareja o expareja.
Por territorios históricos, Bizkaia con 2.366 casos detectados en 2010 está muy por encima de Gipuzkoa con 1.307, que dobla las 612 victimizaciones habidas en Araba. En la mayoría de las ocasiones la violencia la ejerció la pareja o expareja, un total de 3.238 casos en la CAV (el 76%), frente a los 835 de violencia intrafamiliar (19%) y los 212 delitos contra la libertad sexual (5%).
Del total de las victimizaciones, en 2.984 casos la Policía vasca tuvo conocimiento de ellas por las denuncias que, en el 81% de las ocasiones, fueron interpuestas por la propia mujer.
Las estadísticas evidencian que la mayoría de las víctimas y los agresores eran jóvenes. Según los datos aportados, el 26,6% de los agresores tenía entre 18 y 30 años y el 34% entre 31 y 40 años. En cuanto a las agredidas, el 30,5% contaban entre 18 y 30 años y el 29%, entre 31 y 40 años.
Según explicó la directora de Atención a las Víctimas de Género, Mariola Serrano, "la edad varía en función de la tipología de los casos. En la violencia ejercida por la pareja o expareja la mayor parte de las víctimas tiene entre 18 a 40 años; en los delitos contra la libertad sexual se produce en menores de 30 años; en la intrafamiliar de género entre 41 a 50 años, así como en los menores de 18 años y mayores de 60".
A fecha de 31 de diciembre, 4.709 disponían de alguna medida de protección y 19 contaban con escolta (3 residían en Araba, 12 en Bizkaia y 4 en Gipuzkoa). Además, el número de agresores y víctimas que llevaban pulseras localizadoras ascendía a diez, con un crecimiento del 43% respecto al año anterior, y 166 disponían de teléfono móvil entregado por la Ertzaintza para su protección (74 en Bizkaia, 61 en Gipuzkoa y 31 en Araba).
La directora de Atención a las Víctimas de Género adelantó que las llamadas al servicio telefónico se han triplicado con respecto a 2006, año que se puso en marcha. Una evolución de la que se felicitó Mariola Serrano, ya que el 73% de las llamadas las realizó la propia víctima, el 21% fueron hechas por familiares o amigos. Y un 6% por varones.
AYUDAS ECONÓMICAS Entre las ayudas, además de las previstas en materia de vivienda, el Gobierno vasco concedió el pasado año 452.412 euros para contribuir a la independencia económica de las víctimas con dificultades. La partida económica reservada este año asciende a 380.000 euros, aunque es "ampliable".
Desde la creación de esta Dirección de Violencia de Género, Mariola Serrano viene anunciando la necesidad de crear una ventanilla únicaque atienda a estas mujeres evitando que tengan que transitar de un lado a otro. "Se aprobará en Consejo de Gobierno el próximo martes, aunque de facto ya se trabaja así casi desde el principio de la legislatura. No obstante, la aplicación informática elaborada para hacer posible este proyecto estará disponible en breve", anunció.
Desde el Ejecutivo vasco -continuó explicando Mariola Serrano- se trabaja en la revisión "continua" de los sistemas de protección, así como en un sistema de gestión de calidad en la atención a mujeres víctimas de violencia por parte de su pareja o expareja, "revisando en su totalidad el sistema para incorporar las mejoras necesarias".
Asimismo, se está impulsando un sistema de gestión de calidad para mejorar desde el punto de vista policial la atención y protección en casos de agresiones sexuales. "Se ha puesto en marcha un grupo de trabajo sobre la situación de las mujeres víctimas de la trata para explotación sexual, cuyos resultados se presentarán en breve", añadió Serrano.
Su Dirección trabaja también en la puesta en marcha de una consultoría on-line con la finalidad de llegar a los jóvenes "Porque la violencia de género deteriora o anula el desarrollo de las libertades y pone en peligro los derechos humanos de las mujeres, la libertad individual y la integridad física de las mujeres", sentenció.

El incierto futuro de la vieja Fe

El pasado fin de semana concluyó el traslado de enfermos de las instalaciones de la antigua Fe en Campanar a las nuevas instalaciones en Malilla. Culminaba así el mayor proyecto sanitario de la historia reciente en la Comunitat Valenciana. Sin embargo, a pesar de llevar años pergeñándose y ejecutándose, no deja de sorprender que llegado este momento se presente un vacío sobre el futuro de las antiguas instalaciones. La permanencia de un hospital de estancia de crónicos con 120 camas o los servicios de lavandería para cuatro centros sanitarios parece una apuesta escasa, más aún si se tiene en cuenta que el nuevo hospital tiene prácticamente la mitad de camas que el viejo y que ahora queda un agujero en cuanto se refiere a centros asistenciales públicos en esa zona norte de la ciudad. 
No resulta aceptable que la seguridad privada del recinto se haya visto obligada a improvisar con cadenas y candados el cierre de los pabellones ahora abandonados para frenar el saqueo que ya se había dejado sentir. Más aún, cuando allí permanece material en perfecto estado de uso. La prolongación de la incertidumbre y la desocupación pueden derivar además en un deterioro de las instalaciones. Parece imprescindible, pues, un plan de usos urgente por parte de la Generalitat para esta gran parcela que en principio debe permanecer como dotación sanitaria y que ha albergado durante décadas el auténtico buque insignia de la asistencia sanitaria valenciana.

El mercado de sistemas de seguridad vale 2.000 millones


El mercado de sistemas electrónicos de seguridad y sistemas de protección activa contra incendios se situó en 2.035 millones de euros en 2010. Las compañías de seguridad privada reúnen el 54% del negocio, correspondiendo el 46% restante a grupos de instalaciones y montajes y compañías especializadas en la protección contra incendios. Estas son algunas conclusiones del Informe Especial publicado recientemente por DBK, primera empresa española especializada en la elaboración de estudios de análisis sectorial y de la competencia participada por Informa D&B, compañía del Grupo CESCE líder en el suministro de información comercial, financiera y de marketing en España y Portugal.

Los ingresos por servicios de instalación reúnen la mayor parte del mercado de sistemas de seguridad, alcanzando una participación del 63% en 2010. Por su parte, los servicios de mantenimiento de sistemas reunieron el 19%, participación que se ha incrementado en los dos últimos años, y los servicios de conexión a central el 18%.

Por tipo de sistema, el negocio derivado de los sistemas de protección activa contra incendios (manuales y electrónicos) alcanzó los 1.220 millones de euros en 2010 (60% del total). A continuación se sitúan los sistemas antiintrusión (20%), los sistemas de circuitos cerrados de televisión, los sistemas antihurto y de control de accesos.

Algo más de la mitad de la facturación sectorial (54%) correspondió a compañías especializadas en la prestación de servicios privados de seguridad y el 46% restante fue generado por grupos de instalaciones y montajes y empresas especializadas en sistemas de protección contra incendios.

El mercado se vio negativamente afectado en el bienio 2009-2010 por el deterioro de la coyuntura económica y la disminución de la inversión en nuevos equipos por parte de empresas, Administración pública y particulares.
De este modo, el volumen de negocio se situó en 2.035 millones de euros en 2010, lo que supuso un retroceso del 3,1% respecto a 2009, año en el que descendió un 11,2%. En la cifra citada se incluye la instalación, el mantenimiento y la conexión a central de sistemas electrónicos de seguridad y sistemas de protección activa contra incendios.

Estructura de la oferta

A finales de 2010 operaban en el sector unas 1.700 empresas, correspondiendo más de un millar a compañías de seguridad privada autorizadas, mientras que el resto son empresas especializadas en la instalación de sistemas contra incendios. Dentro de este último segmento de empresas destaca la presencia de algunos de los principales grupos del sector de instalaciones y montajes.

La actividad se concentra principalmente en las compañías especializadas en servicios de seguridad, de manera que las primeras posiciones del ranking de facturación están ocupadas por este tipo de operadores.
Los cinco primeros competidores reunieron en 2010 el 33% del valor total del mercado, participación que ascendió hasta el 43% en el caso de los diez primeros.
Previsiones

Las previsiones de evolución del mercado para el bienio 2011-2012 apuntan a una moderada recuperación, en un marco económico menos adverso que el de los ejercicios anteriores.

Tras dos años decreciendo, en 2011 el volumen de negocio podría situarse en un nivel similar al de 2010. Por su parte, para 2012 se apunta un moderado crecimiento de las ventas, estimándose una tasa de variación de alrededor del 3%, hasta situarse en unos 2.100 millones de euros.

La alta competencia existente entre las empresas del sector se verá reforzada a corto plazo por la posible implantación de nuevos competidores a raíz de la liberalización de la actividad de venta, entrega, instalación o mantenimiento de sistemas de seguridad no conectados a centrales receptoras.