lunes, 8 de febrero de 2016

NUEVAS BAJAS LABORALES

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Desde el 1 de diciembre entra en vigor el nuevo sistema de bajas médicas.
Se establecen cuatro tipos de bajas, en función de su duración y se modifica el sistema de cálculo de los días de baja y de renovación de los partes, que ya no será semanal.

Existen cuatro tipos de bajas, en función de su duración estimada

El médico de cabecera es quien emitirá el parte médico de baja y de confirmación y calculará la duración aproximada mediante unas tablas que considerará que va a tener la baja del trabajador. Luego,  si la evolución sanitaria del paciente cambia, podrá modificarla.  Se establecen cuatro tipos de bajas y en cada una de ellas hay un nuevo sistema de partes de confirmación.


  1. Baja muy corta: proceso de duración inferior a cinco días naturales. En estos casos, el trabajador no tiene que volver al cabo de la semana, como ocurría hasta ahora. Ya no será necesario regresar a la consulta, porque en el mismo momento, el médico emite el parte de baja y el de alta, siempre que se trate de situaciones de duración inferior a cinco días naturales.
  2. Baja corta: de 5 a 30 días naturales.  Para estas bajas,  el primer parte de confirmación se realizará a los siete días, y los siguientes, cada dos semanas.  En todas las bajas que sean de una duración superior a los 5 días, tendrá que aparecer cuál es la siguiente fecha de revisión a la que deberá acudir el trabajador.
  3. Baja media: de 31 a 60 días naturales.  En este tipo de baja media, el primer parte será al cabo de una semana, y los siguientes, cada 28 días.
  4. Baja larga: de 61 o más días naturales. La renovación del primer parte será a los 14 días y los siguientes cada 35.
  5. En caso de que la baja médica sea consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, cuya cobertura corresponda a una Mutua colaboradora con la Seguridad Social, será el facultativo del servicio médico de la propia mutua el que, inmediatamente después del reconocimiento médico del trabajador, expida el parte médico de baja.  Las Mutuas solo podrán dar el alta si la baja está provocada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional
    Cuando la duración de la baja vaya más allá de los 365 días, el control lo llevará el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

    ¿Qué trámites tiene que hacer el trabajador con el parte de baja o de alta?

     
    El trabajador deberá presentar a su empresa la copia que tendrá de los partes de baja y  también de los siguientes partes de confirmación en los tres días siguientes a su expedición por el médico. El alta debe comunicarse a la empresa en las 24 horas siguientes a haberla recibido.

    El Servicio de Salud se comunicará con el INSS y le hará llegar los partes del trabajador.

    El número de su Clasificación Nacional de Ocupación

    Hasta ahora, para saber si un paciente debía estar o no de baja médica, el doctor le preguntaba qué tipo de ocupación tenía y en función de ella, decidía si la dolencia del trabajador le imposibilitaba o no para hacer su trabajo. Ahora, el trabajador, cuando acuda al centro de salud, ya no tendrá que explicar a lo que se dedica, sino que tendrá que indicar un código, que es el de Clasificación Nacional de Ocupación, que define su tipo de trabajo. En función de ese código y de las tablas, el médico determinará el tipo y duración de la baja médica.

    Los médicos de urgencias también podrán dar las bajas médicas

    Otra de las novedades del nuevo sistema es que ya no serán exclusivamente los médicos de cabecera los que den la baja. Ahora, si un paciente acude a urgencias y es tratado allí, el médico, una vez concluida la atención, decidirá si procede dar de baja al paciente y por cuento tiempo.

    Nuevo modelo de parte médico de baja / alta de incapacidad temporal (bajas)

     

    Regulación legal

    • Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio (pdf), por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
    •  Información suministrada por la pagína del INEM.

LOS CAMBIOS DE TURNO ENTRE COMPAÑEROS NO HAY QUE JUSTIFICAR MOTIVO






Según Resolución de la Inspección de Trabajo ,la empresa , tiene la obligación de garantizar al trabajador el cumplimiento del Artículo 41 del Convenio de Seguridad , donde dice literalmente que "... Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con 24 horas de antelación ...."  

Todo ello viene , porque en un servicio, los trabajadores utilizaban una plantilla de petición de cambio de turno entre ellos, en la cual había que indicar el motivo, ya que de otra forma la empresa no concedía este cambio. ¡¡ Bien !!... pues la Inspección de Trabajo le manda un requerimiento  a la empresa en cuestión, para que GARANTICE  a los trabajadores que se va a cumplir el Articulo 41 del Convenio, donde el vigilante tendrá que pedir con antelación dicho cambio entre compañeros, pero sin necesidad de JUSTIFICAR el cambio, por ello obliga a la empresa a cambiar el formato /petición de dicho cambio por otro en el cual no figure el motivo. 

sábado, 6 de febrero de 2016

Boletín de Seguridad Privada - Página oficial de la DGP


http://www.policia.es/org_central/seguridad_ciudadana/unidad_central_segur_pri/seguridad_pri_boletines_4.html

En caso de subrogaciones con reducciones de contrata, se deben aplicar criterios de antigüedad inversa para designar a los trabajadores no subrogables.






¿Quieres ser vigilante de seguridad o escolta? Interior convoca las pruebas de selección


Cuaderno de Seguridad Enero 2016

http://www.puntoseguridad.com/wp-content/uploads/newsletter/newsletter_34.html

Renovados y firmados los Planes de Igualdad en Securitas


El pasado jueves, 21 de enero, se renovaron y firmaron los Planes de Igualdad de “Securitas” y “Servicio Securitas”.
Por parte de la empresa ha participado en estas negociaciones la Dirección de Recursos Humanos, la de Aprovechamiento del Talento, y la de Prevención de Riesgos Laborales, junto con los sindicatos UGT, CCOO y USO.
Los Planes firmados serán de aplicación a toda la plantilla y a todos los centros de trabajo.

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Artículos modificados 22122015 (23/12/2015)

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Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad 2015-2016. Texto del BOE (18/09/2015)

Tablas salariales Julio-Diciembre 2016

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Tablas salariales Enero-Junio 2016

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viernes, 5 de febrero de 2016

Cursos IDFO Comarca de Osona gratuitos


 

https://www1.idfo.com/es/cercadorCursos.php#resultatsCerca

Guarda Rural: Convocatorias 2016





Publicacion del boe

http://www.guardiacivil.es/documentos/seprose/act2016/Convocatoria_2016_gua_rurales.pdf

Reactivacion del blog







Despues de un largo tiempo con el blog paralizado, desde la Seccio Sindical hemos decidido su reactivacion, para que siga siendo una pagina de informacion para todos los compañeros y que se combierta en una referencia para el sector.


Luis Martinez

Seccio Sindical UGT Securitas Vic


630665384

miércoles, 12 de junio de 2013

Xè Congres Comarcal UGT-SICO

Votació de Canditatures a la Comissió Executiva Comarcal i al Comitè Nacional


EXECUTIVA COMARCAL

Secretaria General: Cesc Posh i Ros

Area Interna: Miquel corderroura i Roviro

Area d'Acció Sindical i Empresa: Albert Espona i Pla

Ârea Externa i Institucional:Gloria Carbonell i Lera

TITULARS AL COMITE NACIONAL
Cesc Poch i Ros
Gloria Carbonell i Lera

Molta sort i com deia el cartell
UGT d'Osona, al cor de la Catalunya Treballadora!
Temps de lluita!



Gobierno prevé llevar el viernes al Consejo la Ley de Seguridad Privada que aumenta el control sobre detectives privados

El Consejo de Ministros presentará previsiblemente el próximo viernes el Proyecto de Ley de Seguridad Privada tras varias semanas de consultas a distintas instituciones del sector, aunque no presentará grandes variaciones con respecto al anteproyecto elaborado el pasado mes de abril, según han informado a Europa Press fuentes oficiales. 
   Fue el 12 de abril cuando el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, compareció en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros junto a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. Según anunció, la nueva Ley contemplará que las empresas de detectives privados tendrán que hacer informes incluyendo los resultados de sus investigaciones que estarán disponibles "en todo momento" para jueces y policías. 
   Esta será una de las principales novedades de la nueva ley que incrementa "el control sobre la actividad de los detectives privados" con nuevas obligaciones que consisten en "documentar los encargos en un contrato escrito" y en que "además del libro-registro que ya llevan", tendrán que elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos". 
   Ese informe "estará en todo momento a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de la Autoridad Judicial", precisaba el anteproyecto en el que además se obliga a estas empresas a "presentar una memoria anual de actividades al Ministerio del Interior". 
   Fernández Díaz explicó que la modificación de esta Ley tiene por objeto evitar que se repitan hechos como la grabación de la conversación entre la presidenta del PP, Alicia Sánchez Camacho, y la ex novia del hijo de Jordi Pujol en el restaurante La Camarga de Barcelona.

PROHIBIDO MATERIALES QUE ATENTEN CONTRA LA INTIMIDAD

   Precisamente, la nueva Ley incluirá la prohibición de usar servicios materiales o técnicos "que atenten contra el derecho a la intimidad, la imagen o el secreto de las comunicaciones". "Los informes deberán conservarse archivados cinco años y las imágenes se destruirán un año después de su finalización salvo que estén inmersas en una investigación judicial", explicó el ministro del Interior. 
   También se contemplan nuevos servicios que hasta ahora no estaban regulados o necesitaban actualizarse. Es el caso de los servicios de videovigilancia de los inmuebles, la gestión y respuesta de alarmas, vigilancia de polígonos, urbanizaciones o zonas comerciales, servicios de planificación y la vigilancia perimetral de las prisiones siempre bajo la dirección de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. 
   Sobre este último punto, el ministro del Interior aseguró en su momento que esta iniciativa también ha sido solicitada por Cataluña, única comunidad autónoma que cuenta con las competencias penitenciarias transferidas.
 

ACTUALIZACION DE LOS NUEVOS TEMAS Y EL NUEVO CONVENIO ESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD

RESOLUCIÓN DE 11 DE ABRIL 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO, POR LA QUE SE REGISTRA Y PUBLICA EL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD

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